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MODELO DE AMPARO DIRECTO CONTRA AUTO DE FORMAL PRISIÓN DICTADO POR JUEZ DEL FUERO COMÚN, RECLAMANDO LA ORDEN DE IDENTIFICACIÓN
- Autor : KDuenas
- Fecha : Viernes 01 de Junio de 2018 19:43
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su persona, que la distinga de los dems, y todo ello se escribe en el documento que por su parte, se archiva, y por otra se agrega al expediente donde queda a la vista de las personas que manejen los autos y de aquellas que se procuran el acceso a los archivos, dndose casos en que obtienen copias sin tener derecho alguno. Adems, la fotografa que se adhiere a la ficha signaltica, aparte de los datos personales que se asientan, se toma con el nmero ordinal del registro de delincuentes que es comn a procesados y sentenciados y es manifiesto que an cuando jurdicamente la sla fotografa y la identificacin, no constituyen una pena, propiamente dicha, en la prctica si implica una medida infamante y trascendental, toda vez que el pblico que no tiene una idea precisa de la diferencia que existe entre ser procesado y ser sentenciado ejecutoriamente. A cualquier persona que cae con el nmero de presidiario colgado en el cuello, con los dems datos de identificacin, lo considerar lisa y llanamente, como un criminal y para el procesado implica sufrir una pena no slo en su persona sino que tambin trasciende a su familia, pues el primero sufrir la mala fama de delincuente y esa mala fama trasciende a la familia que resulta afectada moralmente; circunstancia que ha sido tomada en cuenta por la H. Suprema Corte en 5 diversas ejecutorias que pueden verse en los tomos XCVIII, pagina 788, CIII, paginas 1250 y 1216, y CIV, pagina 9 y 234, del semanario judicial de la Federacin, la primera ejecutoria citada contiene el siguiente prrafo:..." Mientras el auto de formal prisin del cual es consecuencia la orden que manda identificar al procesado no causa estado por estar pendiente el amparo promovido en su contra, no deber ser llevada la identificacin, puesto que el perjuicio que sta ocasionara al acusado sera irreparable, ya que se puede dar origen a calumnias y a difamaciones imborrables, convirtindose as en una pena trascendental y, como tal prohibida por la constitucin". An cuando la anterior declaracin de que la identificacin constituye una pena trascendental haya sido hecha en una resolucin relativa a la suspensin, ella conserva su pleno valor tratndose de resolucin en cuanto al fondo del amparo y por s sola es fundamento bastante para concederlo. Pero la identificacin no slo es una pena trascendental, sino tambin infamante, porque al tomar la fotografa como prueba categrica de