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  • Consulta : 266496
  • Autor : hevaladezv
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  • Autor
    Respuesta No: 380249

  • hevaladezv
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buen dia, debe iniciar el procedimiento con una demanda de reconocimiento de paternidad para que se inicie el mismo, la pension segun la SCJ es retroactiva al momento del nacimiento asi que no tiene que preocuparse por el tiempo no ha dado pension el padre, espero esta informacion le sirva y quedo a sus ordenes.