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MI ESPOSA MI CORRE

  • Consulta : 263168
  • Autor : wcry06_NR
  • Publicado : Domingo 19 de Abril de 2015 17:39 desde la IP: 187.184.78.13
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,223
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  • Autor
    Consulta

  • wcry06_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California
    Mi esposa me corre del hogar no hay hijos de por medio por unas discusiones que tuvimos es agresiva trato de hablar con ella grita y bajo directamente años golpes ke puedo haser no la puedo demandar

     

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  • Autor
    Respuesta No: 378128

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pues que le hizo...???....ya se....nada...!!!.....por algo esta enojada y usted sabe por que, asi como dice que discutieron y ahora no le gusta que se enoje.....y todavia chilla que la quiere demandar...!!!...o los hombres afronte la situacion, osea, resuelva su problema para que arregle el de los dos, por que si en verdad quisiera divorciarse no estaria aqui preguntando para ver como darle un "susto" a su mujer, se iria corriendo con un abogado para iniciar el tramite de divorcio ya.....pssss



  • Autor
    Respuesta No: 378146

  • mopjl
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola consultante, pues no se en verdad qué esperar para separarte de ella, si la vida en común es imposible ya no tiene caso estar af errado a una relación dañina.

    promueve el Divorcio, sepárate de ella y claro que si la puedes denunciar por Violencia Familiar, acude a la Agencia del Ministerio Público que te corresponda y levanta el acta, tienes derecho conforme al Código Penal del Estado de Baja California, Artícuto 242 Bis, que dice:

    ARTICULO 242 BIS.- Tipo y punibilidad.- Al que dolosamente ejerza violencia física o moral, o incurra en la omisión grave de cumplir con un deber, en contra de su cónyuge, pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, adoptante o adoptado, se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión y multa de veinticuatro a trescientos días, sin perjuicio de la sanción que corresponda por la comisión de cualquier otro Congreso del Estado de B. C. Código Penal para el Estado de Baja California Página 77 delito previsto por este Código aplicándose para ello las reglas de concurso de delitos.



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