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¿ES OBLIGATORIO EL PAGO A CONACO?

  • Consulta : 282320
  • Autor : hernandez.arturo_NR
  • Publicado : Miércoles 05 de Abril de 2017 00:12 desde la IP: 187.234.203.28
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,366
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  • Autor
    Consulta

  • hernandez.arturo_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Buen día, el día de ayer se presentaron dos personas de la CONACO, diciendo que se tenían que pagar $690 pesos para el registro de una tienda de abarrotes que tenemos, y que esto es obligatorio, ya que si no se pagaba, en siguientes días un supervisor pasaría a dejar un citatorio, para presentarnos en sus oficinas y pagar el registro, que sería más caro, el precio nos dijo, ronda entre los $800 y los $1200. La pregunta, ¿esto es legal, si es obligatorio pagar el registro? Y si no, ¿habrá alguna forma de recuperar lo pagado?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 393816

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mí estimado consultante Hernandez.Arturo:

    Mire, si nos ubicamos por un momento en la normatividad aplicable, no podemos dar cuenta que una cosa es la afiliación a la Cámaras, y otra muy distinta es el registro al SIEM, por lo que le transcribo las normas que le aclaran las dudas por las que acude Usted a este Foro.

    LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES

    Artículo 17.- La afiliación a las Cámaras será un acto voluntario de los Comerciantes e Industriales.

    Artículo 30.- Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM.

    Lo que sucede es que tienen estas Cámaras algunos servicios para dar cumplimiento a otros requerimientos que si son de obligatoriedad, y es por eso que luego se aprovechan y abusan.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



  • Autor
    Respuesta No: 393817

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    hernandez.arturo:

    Usted omite decir si pagó o dejó de pagar, es decir, usted omite aclarar si ya lo defraudaron o si todavía van a tratar de defraudarlo.

    Lo cierto es que el registro ante la Cámara de Comercio carece de la calidad de obligatorio, pero si usted les paga a esos dos sujetos, olvídese de recuperar nada, porque ni siquiera pertenecen a la CANACO.



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