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CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
- Autor : VTorres
- Fecha : Viernes 01 de Junio de 2018 19:00
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- Descripción : CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
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rse o terminarse si no es voluntad de " LAS PARTES". o en los trminos previstos por "LA LEY". DCIMA.- RESPETO DE COMPETENCIAS.- "LA EMPRESA" no podr intervenir ni por s ni por conducto de sus representantes y/o trabajadores de confianza en el rgimen interno de "EL SINDICATO". De igual manera tampoco podr la mesa directiva sindical ni sus representantes o delegado, interferir en las cuestiones administrativas o de dirección de "LA EM PRESA". CAPITULO II DEL INGRESO AL TRABAJO DCIMA PRIMERA.- PERSONAL NUEVO.- Todo el personal de nuevo ingreso a "LA EMPRESA" que se requiera para cubrir plazas existentes, de nueva creación, temporales o definitivas con excepción de los puestos de confianza, debern solicitarse a "EL SINDICATO" para que l mismo los proporcione. DCIMA SEGUNDA.- CONTRATAción INMEDIATA.- Cuando al recibir la solicitud por escrito de "LA EMPRESA", "EL SINDICATO" no pueda proporcionar el personal en un trmino de ocho das "LA EMPRESA" podr contratar libremente al personal, con la condición de que el mismo deber afiliarse a "EL SINDICATO" dentro del trmino de tres das siguientes a la fecha de su ingreso. DCIMA TERCERA.- REQUISITOS DE INGRESO.- Para ingresar un trabajador al servicio de "LA EMPRESA" se requiere: a) Ser miembro de "EL SINDICATO" b) Someterse al reconocimiento previsto en trminos del articulo ______________ de "LA LEY", en la inteligencia de que el Mdico que los practique, ser designado y retribuido por "LA EMPRESA". c) Suscribir la forma de filiación que contendr sus generales, nombre y apellidos, edad, lugar de nacimiento, nacionalidad, domicilio, estado civil, personas que dependen econmicamente del trabajador, puesto, categora y clase de servicios, as como la fecha en que principio a prestar sus servicios en "LA EMPRESA" para efectos de cmputo de su antigedad; dicha forma se har por triplicado y se distribuir un tanto para el trabajador. la forma de filiación referida deber ser firmada por el representante de "EL SINDICATO". d) Los dems requisitos que "LA EMPRESA" requiera, segn el puesto de que se trate. DCIMA CUARTA.- TRABAJADORES TEMPORALES.- "LA EMPRESA" podr contratar trabajadores por obra determinada o tiempo determinado en casos justificados conforme a los artculos _____________ y dems relativos de "LA LEY", de Los cuales terminar automticamente al concluir su objeto. Para la contratación de dichos trabajadores se observar lo dispuesto en Las CLUSULAS DCIMA PRIMERA y DCIMA SEGUNDA, en la inteligencia de que la concurrencia de los mismos no podr disminuir el trabajo o Los salarios ordinarios que se proporcionen a los trabajadores permanentes al servicio de "LA EMPRESA" ni el número de puestos. planta o base que existan dentro de "LA EMPRESA". DCIMA QUINTA.- TRABAJADORES EVENTUALES.- Cuando se trate de trabajadores eventuales de naturaleza distinta a los desempeados normalmente en "LA EMPRESA", que no forman parte de las actividades y objeto social de la misma, tales como obras de albailera, de instalaciones elctricas etctera, "LA EMPRESA". se obliga a observar el contenido de las CLUSULAS DCIMA PRIMERA y DCIMA SEGUNDA de "EL CONTRATO" en lo que sea aplicable y por el contenido de sus contratos individuales de trabajos respectivos. CAPITULO lIl DEL TRABAJO, JORNADA, PERMISO, SALARIO Y DESCANSOS. DCIMA SEXTA.- FORMA Y RESPONSABILIDAD DEL TRABAJO.- El personal que preste sus servicios en "LA EMPRESA", ser distribuido por sta con arreglo a las necesidades de la misma, de acuerdo con Las condiciones de trabajo contratadas, subordinado jurdicamente a "LA EMPRESA", y deber desempear sus labores con la intensidad y cuidado, esmero y eficiencia apropiados. El personal deber acatar en el desempeo de su trabajo las disposiciones de "EL CONTRATO", de "LA LEY", del Reglamento Interior de Trabajo que ser elaborado por la Comisin Mixta, integrada por representantes de "LAS PARTES", as como las instrucciones de su jefe inmediato y la de Los dems representantes de "LA EMPRESA", de igual manera deber conservar en buen estado los instrumentos y tiles que se le hayan entregado para la realización de su trabajo. DCIMA SPTIMA.- MATERIALES Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO.- "LA EMPRESA" se obliga a poner a disposición de los trabajadores durante todo el tiempo de la prestación de sus servicios, los materiales, las herramientas y tiles necesarios para su t