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AMPARO CONTRA AUTO DE FORMAL PRISIÓN DELITO DE FRAUDE
- Autor : KDuenas
- Fecha : Miércoles 23 de Mayo de 2018 22:12
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- Descripción : AMPARO CONTRA AUTO DE FORMAL PRISIÓN DELITO DE FRAUDE
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terio Pblico Investigador de este Distrito Judicial, consign ante el C. Juez _____________ de lo Penal de este propio Distrito, la averiguacin previa penal nmero __________, instruida en contra de nuestro defenso, aqu agraviado directo, y de otra persona, por la supuesta comisin del delito de fraude, cometido en agravio de _______________________. SEGUNDO. As las cosas, el propio da __________________, el C. Juez sealado como responsable, dict auto de inicio ordenando formar por duplicado el expediente respectivo, el cual se registr Bajo el nmero _______________, sujetando a nuestro defenso a trmino constitucional, por lo que una vez recibida la declaracin preparatoria de nuestro cliente, dentro del trmino de Ley, el Juez responsable decret auto motivado de formal prisin declarando al aludido inculpado presunto responsable del delito de fraude, con fecha _______________________, siendo precisamente dicho auto motivado lo que constituye el acto reclamado en esta demanda de garantas. TERCERO. En base a lo anterior y de conformidad con lo establecido por el artculo 37 de la Ley de Amparo en vigor, procedemos en cuanto defensores del Sr. __________________________, a promover demanda de garantas ante el superior de la autoridad responsable, basndonos en los siguientes: CONCEPTOS DE VIOLACIN El auto motivado de formal prisin que constituye el acto reclamado en esta demanda de garantas, es conculcatorio en perjuicio del directo agraviado de las garantas de legalidad y seguridad jurdica consagradas en los artculos 14, 16 y 19 de nuestra Carta Magna, en virtud de que el Juez responsable hace una incorrecta valoracin de los diversos medios de prueba existentes tanto en la averiguacin previa penal practicada por el fiscal investigador, como de la declaracin preparatoria vertida por el inculpado dentro del trmino constitucional, considerando que se encuentra probado, en los trminos de los artculos 86, 87 y 95 del Cdigo Procesal Penal de _________________, el cuerpo del delito de fraude que se le imputa a nuestro defenso, al mismo tiempo, que malamente da por acreditada la presunta responsabilidad del mismo en la comisin del delito que se le atribuye cometido en agravio de ______________________, como a continuacin pasamos a comentarlo. Con fecha ______________________, presentamos ante el C. Juez responsable, un escrito formulando alegatos en favor de nuestro defenso, haciendo ver que en momento alguno se acredit el cuerpo del delito de fraude y menos an su presunta responsabilidad en su comisin, alegatos que fueron pasados por alto por la autoridad responsable ordenadora. El Juez responsable hace consistir y fundamenta la presunta responsabilidad del citado ____________________, en el hecho de que ste, engaando al pasivo y aprovechndose en el error en que se encontraba, alcanz un lucro indebido, puesto que a la vez que le haba sido embargado el bien mueble, por parte del Lic.____________________________, en cuanto endosatario en procuracin de ________________________, quien se dice agraviado de este delito, lo cambi a nombre de __________________________, obteniendo en ese preciso momento un lucro indebido. Sin embargo, el Juez responsable pasa totalmente por alto al hecho cierto y probado de que el agraviado directo en este juicio de garantas, con fecha _______________________________, hizo cesin de derechos del bien mueble que le fuera embargado posteriormente, con fecha ________________________, es decir, aproximadamente __________ meses antes de la traba de dicho embargo. En esa virtud, el citado bien mueble en el acto de su embargo ya no era propiedad de nuestro defenso, lo que se corrobora con la informacin rendida por el Lic. ____________________, Jefe del Departamento Legal de la Direccin de Seguridad Pblica y Trnsito de _______________, con fecha ________________, mediante oficio nmero ______________, que obra precisamente dentro del sumario de donde emana el acto reclamado, probanza sta que no fue tomada en cuenta por la autoridad responsable al momento de resolver la situacin jurdica de nuestro defenso, con la cual se desvirta plenamente el falso razonamiento hecho por la responsable en el considerando seguido del auto de formal prisin que aqu se combate. Consecuente con lo anterior y toda vez que el fiscal ejercit accin penal en contra de nuestro defenso por la comi