Hola!
Bien, pues las dos definiciones son correctas y se refieren a la forma de suceder mortis causa cuando un testamento no exista o sea ineficáz. Lo que podríamos resaltar de esto es la correcta definición, SUCESIÓN LEGÍTIMA tiene su razón en primer lugar por estar contenida en la ley y ser ésta la que determine la voluntad del testador en forma tácita, el legislador presume con base al afecto del de cuius. En segundo lugar en la "legitimidad" (situación de una persona con respecto a una norma de derecho) de los herederos con el causante, es decir su grado de parentesco en relación a lo que la ley exija para que lo faculte a tener la posición de un heredero. LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA para mi punto de vista es la definición correcta. IN signifiica que "no hay" o "sin" y testamentaria pues es obvio, la causa sine qua non por la que tiene lugar la sucesión legítima o intestamentaria es precisamente por la no existencia o defecto que puede presentar un testamento es por eso que para mi es la definición correcta.
Siendo la explicación más teórica que practica espero te haya servido mi respuesta que tengas buen día.