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PUEDE LA ASOCIACION VECINAL PROHIBIRME LA ELABORACION DE UNA ESTRUCTURA DE PTR EN MI AZOTEA?

  • Consulta : 197780
  • Autor : karina_ventas1_NR
  • Publicado : Sábado 18 de Mayo de 2013 01:00 desde la IP: 201.138.149.180
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  • Autor
    Consulta

  • karina_ventas1_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nayarit
    Hola, vivo en un fraccionamiento con barda perimetral en Bahia de Banderas, Nayarit, en el que existe una Asociacion Vecinal, quiero ampliar mi propiedad, pero al hacerlo me quedo sin patio, asi que para solucionar ese espacio me gustaria utilizar mi azotea y convertirla en terraza, pero quiero poner una estructura de PTR con lamina para dar sombra en la misma, cuando fui a pedir permiso a la Asociacion me dijo que si podia utilizar mi azotea como terraza pero que no estaban permitidas las palapas, mi pregunta es si legalmente me pueden impedir poner mi estructura de PTR en la azotea-terraza? Y si pongo mi estructura sin su permiso, cuales son las posibles consecuencias a las que me enfrento? Hay 1400 casas en el fraccionamiento, con 7 prototipos distintos, la Asociacion cobra cuotas de Mantenimiento por administrarlo, tengo un Vecino que recientemente amplio su casa y entre las cosas que hizo fue colocar un cuadro de concreto con un techo tipo cupula en sus escaleras que suben a la azotea, osea visualmente parece un pequeño cuarto de concreto en la azotea y otro Vecino que subio toda su barda perimetral en la azotea a una altura de Mas de 2 metros y que piensa mover su lavadora y secadora a la azotea y poner un tapanco para dar sombra, el hecho de que ellos lo hicieran sin apegarse a las "reglas del fraccionamiento" me ayuda en algo a mi caso? En las escrituras dice en su clausula septima: Restrictiones de construccion con el fin de conservar y preservar la fisonomia Urbana del desarrollo queda prohibido Lo siguiente: A) Modificar fachadas B) Colocar protecciones por el exterior de Los baños de las viviendas. C) Pintar las viviendas de otro color que no sea blanco D) Colocar antenas de television o cualquier otra cosa que sea visible al exterior E) Modificar Los prototipos de forma diferente al proporcionado por la constructora inmobiliaria Los patos. F) Colocar tapancos o Cubrir cocheras G) Colocar anuncios de cualquier tipo dentro del desarrollo con excepcion de las areas comerciales H) Poner tiendas, oficinas, consultorios o cualquier giro diferente al habitacional dentro de Los lotes para uso exclusivo habitacional Al darme la carta de permiso de construccion en mi casa la carta que me dieron dice explicitamente que la Asociacion no tiene ningun inconveniente en mi construccion ya que se apega a las reglas del fraccionamiento al no cambiar la fachada de la casa. Hay un sin fin de casas que se Han salido de las reglas un poco, algunas pusieron azulejos en la pared de la fachada, Muchas otras tienen antenas de television visibles, cables de aire estacionado, otras estan con la pintura deteriorada, etc, etc, etc y Muchas otras que si Siguen las "reglas" La Asociacion actualmete permite la elaboracion de cocheras tipo pergolas, pero como muchos no pueden pagar la "autorizada por la Asociacion" Han hecho su version economica de las mismas, mi punto es que hay Muchas "violaciones a las reglas" de parte de muchos propietarios, y que aunque en las escrituras dice que no se permite Cubrir cocheras, unos años despues Han cambiado las reglas. A que consecuencias reales me enfrento? en cuestiones legales, cuales son las limitaciones que tienen como Asociacion, y cuales son mis limitaciones como propietaria, la casa esta libre de gravamen con todos sus papeles en orden, predial, agua, etc, todo al corriente y mi remodelacion no modifica la fachada de mi casa. Mil gracias por su ayuda.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 317023

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Una asociación veninal no es autoridad para prohibirle nada, pero si Usted realiza una obra nueva, esa asociación podrá acudir a la Dirección General de Obras del Municipio para solicitar la suspensión de la obra y en su caso la demolición. Mejor acuda al Municipio y solicite la licencia de construcción, ahí le dirán si procede o no.



  • Autor
    Respuesta No: 317032

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    karina_ventas:
    Usted menciona la existencia de una cláusula séptima de "las escrituras" que contiene ciertas prohibiciones de modificación de las construcciones, por lo que es imprescindible que un abogado examine tales escrituras para emitir una opinión jurídica válida y basada en el conocimiento de tales escrituras.

    No obstante lo anterior, desde ahora le adelanto que las escrituras supramencionadas parecen ser las de compraventa de la casa y, en tal virtud, carecen de obligatoriedad para usted, cuenta habida que serían un contrato celebrado entre el vendedor (inmobiliaria) y el comprador, y que entonces solamente la vendedora podría demandarle a usted y con todas las posibilidades de que dicha inmobiliaria pierda el juicio, ya que, en todo caso, esa cláusula sólo podrá tener valor mientras el inmueble esté sin terminar de ser pagado, pero si usted ya pagó totalmente la casa, entonces una cláusula como la mencionada sería ilegal y hasta delictuosa.

    A mayor abundamiento, es pertinente destacar que una cláusula como la séptima que usted menciona, sólo puede ser incluída en un reglamento de condominios, y es perfectamente evidente que la casa de usted para nada forma parte de un condominio, así que estoy seguro que el abogado que examine sus escrituras concluirá que usted tiene todo el derecho de modificar su casa y que la Asociación Vecinal está pésimamente asesorada en cuestiones legales.

    Finalmente y para que mi opinión jurídica se vea sustentada, le hago notar que una vez que la casa fue vendida, la vendedora inmobiliaria carece de interés jurídico para intervenir en las modificaciones que se puedan hacer a las construcciones en general, y esta opinión se robustec e por el hecho de que usted la denomina "Asociación Vecinal" en vez de "asoxciación de condóminos"..
     



  • Autor
    Respuesta No: 317033

  • kary36
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola, primero que nada muchisimas gracias por su ayuda y por su tiempo, haciendo referencia a sus respuestas, ya cuento con el permiso del municipio, pero en Los planos que se entregaron al mismo no esta incluida la estructura de PTR, cuando le pregunte a la arquitecta que me llevo el tramite, me dice que al no ser un elemento hecho de material como concreto, osea algo que es permanente, no es necesario estipular la elaboracion de la estructura de PTR, porque el municipio unicamente cobra por los de m2 de construccion hecha con materiales como concreto y que una estructura como la que yo pretendo hacer no se le considera como tal y que por eso no las incluyo en Los planos. Las escrituras originales cuando se compro la casa con un credito son las que contienen estas clausulas de restriccion que en efecto estan en el contrato de compraventa, sin embargo una vez liquidada la hipoteca me dieron unas escrituras nuevas a mi nombre en las que no existen tales clausulas, pero pense que las escrituras originales eran las que contaban, cuando compre la casa hace 5 años se nos hizo creer que el fraccionamiento estaba bajo "regimen de condominios" pero no se si sea asi o no, todas son casas, no son condominios. La Asociacion Vecinal A.C. esta constituida por propietarios de casas en el fraccionamiento y se hace una asamblea anual en donde se prohiben o se aprueban nuevas reglas. Cuando fui a pedir permiso a la Asociacion, me dieron a entender que no estaban permitidas ningun tipo de construccion de palapas o tapancos en la azotea y me hizo mencion de tener problemas con uno de Los propietarios (que es el que construyo el pequeño cuarto de tabique y concreto en su azotea) y cuando le pregunte que que le Iban a hacer, dijo que legalmente no podrias hacer nada, ya que era su propiedad. Lo que la Asociacion pretended es conservar la vista del fraccionamiento para que no pierda su plusvalia segun entiendo. Yo no pretendo Modificar la fachada, sin embargo la estructura de PTR sera visible parcialmente desde la calle. Si le doy las escrituras y todos Los papeles de mi casa a revisar a un abogado, que tipo de abogado necesito, cual es la especialidad que mi caso requiere? Nuevamente mil gracias por su valioso tiempo y ayuda.



  • Autor
    Respuesta No: 317037

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    kary36:
    Derivado de las explicaciones que vierte en su ampliación de consulta, es que confirmo mis iniciales apreciaciones y opiniones jurídicas, y considero que ya resulta innecesario que un abogado revise su contrato, por ello es que insisto en que, a menos que usted sea  formalmente miembro de la Asociación Vecinal A.C., ésta carece de facultades para impedir que usted modifique su casa, pero aún si usted pertenece a dicha asociación, bastará que les dé aviso fehaciente de que renuncia a pertenecer a la misma, para que la mentada asociación carezca de facultades para impedirle hacer cambio alguno en su inmueble.

    El aviso de renuncia a la membresía de la asociación lo pudiera hacer usted mediante la contratación de un Notario Pñúblico que haga el aviso, o en su defecto, contratar a un abogado civilista para que le patrocine en procedimiento de diligencvias de jurisdicción voluntaria de un juzgado que haga la misma notificación, y como el costo pudiera ser similar o aún más bajo con el notario, le recomendaría la opción notarial.

    Finalmente le hago patente que el régimen de condominio debe considerarse como inexistente respecto de el fraccionamiento donde se ubica su casa, cuenta habida que ese régimen condominal debe estar mencionado en las licencias de fraccionamiento, de contrucción, y de manera más particular, en las escrituras de su casa, así que concluyo manifestando que usted setá en plena libertad de construir lo que le pegue su real gana, con la condición de carecer de membresía en la asociación vecinal...



  • Autor
    Respuesta No: 317078

  • kary36
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Un millon de gracias por su ayuda. Se supone que todos pertenecemos o estamos bajo la Asociacion Vecinal, pues es la que administra el fraccionamiento, en un inicio la administraba la constructora, pero unos años despues se la paso a Los propietarios de las casas en el mismo. De hecho si no pagas las cuotas mensuales de Mantenimiento, Te dejan de dar Los servicios de Corte de pasto, vigilancia, fumigacion y Te bloquean la tarjeta de acceso al fraccionamiento de manera que para poder accesar al mismo lo tengas que hacer manualmente en lugar de la pluma automatica. Nuevamente le expreso mi gratitud por su tiempo y le deseo un excelente fin de semana.



  • Autor
    Respuesta No: 317085

  • GeekDrill
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     No se deje amedrentar, estas juntas de vecinos NO SON NINGUNA AUTORIDAD. Siempre van iniciados por unas cuantas personas que no quieren que se "afee" su colonia pero obviamente carecen de derecho alguno para limitar a nadie a hacer lo que le plazca con su propiedad. Le podrán decir misa pero no pueden evitar que usted construya lo que desee siempre y cuando el municipio se lo autorice. Algunas asociasoncillas presionan con amenazas de no permitir la entrada a la colonia y muchas otras cosas, las cuales son todas ilegales y pueden ser sujetas de demandas.

    Simplemente no los pele.



  • Autor
    Respuesta No: 317094

  • kary36
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si, Muchas gracias a todos por sus valiosas contribuciones. Excelente fin de semana a todos y gracias por brindarnos este espacio.



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