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  • Consulta : 197780
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 317037

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    kary36:
    Derivado de las explicaciones que vierte en su ampliación de consulta, es que confirmo mis iniciales apreciaciones y opiniones jurídicas, y considero que ya resulta innecesario que un abogado revise su contrato, por ello es que insisto en que, a menos que usted sea  formalmente miembro de la Asociación Vecinal A.C., ésta carece de facultades para impedir que usted modifique su casa, pero aún si usted pertenece a dicha asociación, bastará que les dé aviso fehaciente de que renuncia a pertenecer a la misma, para que la mentada asociación carezca de facultades para impedirle hacer cambio alguno en su inmueble.

    El aviso de renuncia a la membresía de la asociación lo pudiera hacer usted mediante la contratación de un Notario Pñúblico que haga el aviso, o en su defecto, contratar a un abogado civilista para que le patrocine en procedimiento de diligencvias de jurisdicción voluntaria de un juzgado que haga la misma notificación, y como el costo pudiera ser similar o aún más bajo con el notario, le recomendaría la opción notarial.

    Finalmente le hago patente que el régimen de condominio debe considerarse como inexistente respecto de el fraccionamiento donde se ubica su casa, cuenta habida que ese régimen condominal debe estar mencionado en las licencias de fraccionamiento, de contrucción, y de manera más particular, en las escrituras de su casa, así que concluyo manifestando que usted setá en plena libertad de construir lo que le pegue su real gana, con la condición de carecer de membresía en la asociación vecinal...