Cafeteando

104 multara SCJN a abogados que tramiten amparon improcedentes. Iniciado por: annisa09


  • Creado: 2009-02-27
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  • Ultimo comentario:2023-08-15 18:14
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  • garovalo
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    nadie dijo ya nada... ni menciona para bien o para mal....



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  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


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    no existe duda de esa necesidad...



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  • Maxwel Smart
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    (Resumen de Actividades)

    El juicio de amparo es el instrumento procesal creado por nuestra Constitución Federal para que los gobernados puedan hacer proteger sus garantías constitucionales de las violaciones que al respecto cometan las autoridades. Y ese instrumento no sólo debe ser motivo académico de satisfacción, sino que también en la vida real y concreta debe otorgar a los ciudadanos una protección fácil y accesible para sus derechos más fundamentales, independientemente del nivel de educación de esos ciudadanos, e independientemente de que tengan o no, abundantes recursos económicos, así como del nivel de su asesoría legal. Esto es importante, porque la protección que el Poder Judicial Federal hace de las garantías constitucionales de los gobernados debe funcionar como un amortiguador entre el poder del Estado y los intereses legales de los individuos, y en la medida en que ese amortiguador funcione, en vez de sentirse un poder opresivo, se respirará un clima de derecho. Luego los Jueces de amparo no deben hacer de la técnica de ese juicio un monstruo del cual se pueda hablar académicamente, pero que resulte muy limitado en la práctica para la protección real y concreta de los derechos constitucionales real y concretamente conculcados. De donde se desprende que las normas que regulan el procedimiento constitucional deben interpretarse con espíritu generoso, que facilite el acceso del amparo al pueblo gobernado. En un régimen de derecho, lo importante no es desechar las demandas de amparo que no están perfectamente estructuradas, sino obtener la composición de los conflictos que surgen entre gobernados y gobernantes, y resolver judicialmente sobre el fondo de las pretensiones de éstos........................................................................... Los tribunales de amparo, al examinar las cuestiones que les son planteadas, no deben enfatizar las conveniencias de que los gobernados cumplan con sus obligaciones legales, y de que los mandatos legales sean estrictamente cumplidos, pues ésta es la función propia del Poder Ejecutivo, conforme a los artículos 49 y relativos de la Constitución Federal. Y la misión esencial de los tribunales de amparo, conforme a los artículos 103, 107 y relativos de dicha Constitución, consiste en la protección de las garantías individuales de los gobernados frente a los gobernantes, y lo que dichos tribunales deben enfatizar es la conveniencia de que las autoridades se ciñan a los preceptos legales que rigen su actuación, cuando realizan su tarea de vigilar y hacer que los gobernados cumplan, a su vez, con sus obligaciones legales. De lo contrario, se desvirtuaría la función esencial del Juez de amparo, al hacer de él un auxiliar de las autoridades administrativas, en vez de actuar como órgano tutelar de las garantías de los ciudadanos. Y si bien es importante que los gobernados cumplan con las leyes, también lo es que sean respetadas sus garantías individuales cuando se trata de hacerlas cumplir. O sea, que cada poder debe actuar dentro de la esfera de las metas que tiene asignadas, de donde se desprende que debe también enfatizar diferentes aspectos de las cuestiones legales a que debe atender..........................La función de los tribunales administrativos, y muy especialmente de los tribunales de amparo, no consiste en obligar a los particulares a cumplir con la ley, ya que ésta es la función esencial y propia del Poder Ejecutivo. Y la función esencial y propia del Poder Judicial consiste en tutelar los derechos de los gobernados y vigilar que el Poder Ejecutivo se ajuste a la Constitución y a las leyes, al cumplir su misión de hacerlas cumplir y respetar. De lo contrario, el Poder Judicial se avocaría a las funciones del Poder Ejecutivo, y las propias de aquél quedarían sin vigilancia ni fruto. Así pues, al examinar las cuestiones de fondo que se les plantean, y especialmente al examinar las causales de improcedencia que podrían impedir el estudio de las cuestiones de fondo, los tribunales deben procurar la mayor amplitud para resolver sobre los derechos y obligaciones de los gobernados y autoridades, en cuanto al fondo de sus pretensiones, sin hacer de la técnica procesal un monstruo que venga a estorbar y hacer menos eficaces los recursos y medios de defensa de que disponen los gobernados, ya que es lógico estimar que la intención del legislador al establecer esos recursos y medios de defensa fue el proporcionar a los gobernados manera de que los tribunales analicen el fondo de sus pretensiones, para que se respire un clima de derecho, y no el crear estorbos e impedimentos para que puedan hacer valer sus derechos; como también es lógico pensar que no fue la intención del legislador crear una técnica procesal compleja y bizantina que permitiera a las autoridades administrativas imponer a los particulares cargas más onerosas que las autorizadas por el legislador, ni el que tales autoridades obtengan de los particulares beneficios que no deriven tanto de su derecho a obtenerlos, cuanto de una técnica procesal rigurosa o rigorista que haga difícil y peligrosa la defensa de los particulares, lo que vendría a beneficiar, en último caso, a las autoridades que exigen de más y a los particulares, que tienen medios económicos suficientes para lograr defensas jurídicas óptimas para sus intereses legales. (Son textos de tesis de 7a. Época... cuando todavía había juristas en el Poder Judicial Federal)



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  • Maxwel Smart
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    Salve a la Supina Cohorte!..... ¿Y que hay de la multitud de amparos sobreseidos indebidamente solo porque los Tribunales son unos ignorantes del derecho?????????-------------- amigos abogados, les consta que en muchas ocasiones, los Juzgados sobreseen simplemente por ignorancia....... ¿Cuantas veces nos ah tocado que amparos que antes se concedían ahora se niegan y viceversa?.............. Incluso la CONTRADICCION DE TESIS es FUENTE DE DERECHO............... eso quiere decir que la facultad de discernir lleva implicita la de DIFERIR de opinión, incluso diferir de la opinión de la autoridad o ¿Como creen los señores ministros que los TCC sustentan tesis contradictorias?............ Pues prcisamente porque los ABOGADOS propusieron soluciones jurídicas encontradas que en su momento fueron resuletas por la superioridad........... Pero ahora resulta que la Supina Cohorte desea "congelar" el derecho...... en el estado actual (el pero desde que tenga memoria).... y el que difiera.... lo multan.............. No pido una disculpa porque no la merecen los Ministros. Si ese criterio es cierto (lo de la multa) es una ce las cosas mas estúpidas que se les haya podido ocurrir.... de entre muchísimas estupideces típicas de la Novena Época.



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  • Lic. Gallardo
    ABOGADO CIVIL


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    Creo que este punto es bueno, obliga a los abogados a estudiar un poco más, a ser más competitivos. en materia penal no es de preocuparse, ya que nuestro sistema paternalista favorece siempre al procesado ""induvitaes pro reo"", o bien la suplencia de la queja deficiente. Les comento que en tribunales federales aqui en el EDOMEX, ya tiene un tiempito, este criterio pero en materia civil, que nos ha obligado a estudiar un poquito más, nada de que preocuparse, todo segura igual.......



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  • RUBY CORTEZ
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    Un abogado" que interpuso un amparo indirecto y se sobresee´ por no averlo dirigido a la autoridad competente sera sancionado? con cuanto? por que por su estupido error dejo que su cliente le confirmaran la sentencia de 15 años de pricion por la posecion de 25 ridiculas pastillas psicotropicas..ja´ ni dejando en la calle a este vejete pagaria el daño colateral que a causado.



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  • heroe146
    ABOGADO CIVIL


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    Los de la scjn ya estan viejitos ya no la libran mejor deberían pedir perdón y retirarse, absteniéndose de señalar con sus dedos viejitos a su sucesor y que quede quien realmente sea capaz, respetando el espíritu del amparo, y no restringirlo tanto que nadie pueda ejercitarlo, pues los foristas tienen razón, que también multarán a los jueces de distrito y colegiados por que luego dicen cada tontejada que hay que ver!! saludos. p.d. que renuncien los viejitos pedorros jajaja.



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  • sisibuto
    ABOGADO CIVIL


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    claramente todo tienen razon pero primero deben de empezar los jueces por que cada resolucion que se avientan



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  • leges legum
    ABOGADO CIVIL


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    En mi opinion es absurdo, cuando los recursos jurídicos se interpongan sin motivo? siempre que se interpone un amparo es por que se detectó la procedencia del mismo, claro que hay abogados que abusan de la ignorancia de sus representados, pero por unos pagan todos, y cuando van a multar a los empleados de los juzgados que hasta se molestan si no les otorgan dádiva por lo que es su deber desempeñar su trabajo sin remuneración alguna.



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  • kresnik
    ESTUDIANTE


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    osea.. si una abogado malo, para tramita un amparo y no procede.. y luego llega otro mejor fundamentado mejor preparado.. este ultimo tendra sanciones.. por que no vio que ya se resolvio de ese asunto?.. que cosas.. espero que las multas no sean muy grandes y que creen un catalogo de amparos improcedentes. han roto mi ilusion de amparar cosas como el servicio militar y tantas resoluciones y leyes... jajaja



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  • Diana Itzel
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    Hay que reconocer que asi como hay abogados con mucha experiencia, tambien hay abogados que a penas estamos empezando a practicar los conocimientos que recibimos en la facultad, por lo que no estoy de acuerdo que se multe por eso, si bien es cierto, tambien en los tribunales hay deficiencia, por lo que preciso conveniente empezar por los Tribunales para que asi esto siga su normatividad y no se comentan injusticias, una vez acabando con la corrupcion y con todo lo que conyeva a ella, aplicar lo mismo con los abogados litigantes



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  • cababa
    ABOGADO CIVIL


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    Pues creo que el buen Juez, por su casa debe de inciar. Por qué no empesar por calificar a los jueces civiles y de distrito, que dan lugar a un sin número de amparos, por la ilegalidad de sus resoluciones. Efectivamente, existen muchos abogados que recurren a un sin número de artimañas, dando lugar a jucios de amparo y recursos innecesarios, pero que hay de las autoridades, especialmente de los jueces, deberían de empesar por ellos, y calificar su trabajo, de tal forma que se mejore la administración de justicia



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  • ettael
    ABOGADO CIVIL


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    Nuestros millonarios, perdon ministros,de plano no tienen el menor recato,Carecen del mas elemental sentido de moralidad para sancionar,que rindan cuentas de sus fideicomisos ilicitos,que expliquen las razones de sus exorbitantes salarios y canonjias,en realidad,son una agrupacion de vividores,una camarilla de complicidades eslo unico que los distinge.



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  • goldfish
    USUARIO REGISTRADO


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    Pues yo como usuario de servicios legales me parece muy adecuado que se tenga esta acciòn y ojala que sea muy seria y no solo quede en el papel. Estoy usando los servicios de un lic. que para todo quiere meter amaparo y como dice rosa isela, yo tengo a 6 y de los 6 no se hace uno, por que se confian en que son muchos y que todo lo van a resolver con amparo. Yo como ciudadano comùn requiero que los licenciados se pongan a estudiar a hacer su trabajo por el que estudiaron y no nada màs estèn llevando todo por la libre del amparo



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    Respuesta No: 510

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


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    hay q reconocer q hay cada abogado q bueno es de pena ajena hace poco en un asunto penal un cliente me llego a ver ya se habia solicitado q se cerrara instruccion debido a q ya no habia mas pruebas q desahogar y faltaba una el asunto un incumplimiento de obligaciones resulta q el sr. llamo a juicio a sus dos menores hijos para q declararan q el les compraba ropa y de mano propia se las daba, les compraba todo,y para no hacerselas cansada la señora promueve un amparo para evitar q sus hijos comparecieran a declarar su fundamento en que violaban las garantias de sus menores hijos porq un juzgado de lo penal donde solo hay criminales era perjudicial para el sano desarrollo de sus menores hijos y nombraba como abogado a un monton de tipos que cuando lei su expediente el personal del juzgado no dejaban de bajarlos de pentontos por lo q considero q habra sus excepciones q las multas si proceden o hasta deberian quitarles las cedulas a esos tipos



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  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


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    He oido a muchos abogados decir que "antes" la Suprema corte era muy respetable, de hecho, eso es lo que he leído en esta consulta y que "ahora" ya no ¿que ha cambiado? ¿Es eso cierto? ¿A que se debe?



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    Respuesta No: 476

  • HERIBERTO FLORES
    ABOGADO CIVIL


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    es solo otra mala interpretacion de la ley de los ministros ya estamos acostumbrados a sus incoherencias juridicas



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    Respuesta No: 395

  • ALLAN
    USUARIO REGISTRADO


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    creo que el problema no es solo del abogado por proceder a sebiendas de la improcedencia de sus actos, tambien es problema de las instancias previas ya que si ghicieren un trabajo decoroso no estarian tan saturados los tribunales de amparo



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    Respuesta No: 351

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


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    Harian mejor papel renunciando en masa..... para lo que hacen, mejor que se jubilen.



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    Respuesta No: 319

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


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    ...Y si es el personal del juzgado de distrito el que declara INDEBIDAMENTE sobreseido un amparo... ¿tambien lo van a multar?



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