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AMPARO CONTRA DESAUCIO
- Autor : ANONIMO
- Fecha : Martes 27 de Enero de 2009 18:18
- Tipo de Usuario :
- Descripción : amparo contra desaucio
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os los efectos legales a que haya lugar que el monto de la renta reclamada y a la cual se refiere el contrato de arrendamiento que aparece cotejado en las copias de traslado que se acompañan, es de $____ pesos mensuales y que la cantidad reclamada como rentas por la parte actora en el juicio del que emanan los actos reclamados es de $____ al mes.
VI.-CONCEPTOS DE VIOLACION.- 1.- Los actos que se reclaman a los responsables violan en nuestro perjuicio las garantías individuales consignadas en los artículos 14 y 16 parte dogmática de la Constitución Federal toda vez que de acuerdo con el citado precepto (14) a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la vida, libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos sino mediante juicio seguido ante los Tribunales previamente establecidos en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.
Los mismos actos reclamados contra las citadas autoridades son violatorios también en nuestro agravio de la diversa garantía de legalidad y seguridad jurídica a que alude el artículo 16 consitucional, ya que conforme al mismo nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.
A la luz de los preceptos constitucionales antes mencionados los actos reclamados carecen del requisito de fundamentación y motivación a que las propias disposiciones constitucionales se refieren toda vez que precisamente conforme a nuestro régimen constitucional de facultades expresamente conferidas o limitadas cualesquier ejercicio sin fundamento en el mandato de la autoridad pública constituye un exceso dado que la facultad de las autoridades responsables termina en donde la ley que rige su ramo las faculta.
Los actos reclamados a las autoridades responsables resultan doblemente infundados y es incuestionable la violación de los artículos 119 inciso a), del Código de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente así como los artículos 170, 171, 760 Y 761 del Código Civil ya que en tal forma se siguió el juicio hasta el pronunciamiento de sentencia, condenándonos sin haber sido oídos ni vencidos en juicio infringiéndose lo dispuesto en