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AMPARO CONTRA REGRADUACION DE PENSION ALIMETNICIA
- Autor : vania
- Fecha : Jueves 13 de Agosto de 2009 14:17
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- Descripción : AMPARO CONTRA REGRADUACION DE PENSION ALIMETNICIA
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de los ingresos que perciba el hoy tercer perjudicado.
V.- GARANTIAS VIOLADAS
Los artículos 14 y 16 Constitucionales.
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD a continuación manifiesto a usted los hechos y abstenciones que me constan y que constituyen los antecedentes de los actos reclamados y fundamentos de los conceptos de violación.
1.- Por escrito de
fecha Noviembre 17 del año 2006, comparecí ante
N, hoy tercero perjudicado dentro del presente juicio, el pago de una pensión alimenticia, fundándome para ello con el acta número
del Registro Civil de esta ciudad de VERACRUZ. Ver., donde se confirma nuestro matrimonio con el tercero perjudicado, y las razones por la cuales intento la acción civil para solicitarle los alimentos a que tengo derecho, ya que soy una persona de edad mayor, sin contar con trabajo y además que me encuentro enferma e impedida para incorporarme al sector productivo así percibir por mis propios medios mi manutención alimentaria, como lo compruebo en la demanda que presento.
2.- Como consecuencia de la demanda que entablé en su contra, ante el índice de la hoy responsable, se radicó el Juicio Civil No. y desde el primer proveído el c. Juez, decretó una pensión alimenticia provisional a cargo de la demandada, consistente en el 50% del pago y demás prestaciones que perciba como MAESTRO DE TIEMPO COMPLETO 3.- Una vez que se realizaron los trámites de Ley, y el emplazamiento correspondiente, el hoy tercer perjudicado, compareció ante la Responsable promoviendo RECLAMACIÓN en contra del proveído que se le decretaba la pensión alimenticia provisional consistente en el 50% por lo que con fecha veintisiete de febrero del dos mil siete, la hoy Responsable dictó la interlocutoria correspondiente, en donde declaró que a su criterio procedió a dejar sin efecto la pensión provisional de alimentos decretada por auto de veinticinco de enero del año en curso a cargo del demandado consistente en el CINCUENTA POR CIENTO de las percepciones que obtiene como MAESTRO DE TIEMPO COMPLETO EN, de esta Cd. De Veracruz, Ver basándose por todo ello sencillamente en una argumentación inverosímil debido a que manifiesta que no necesito la pensión alimenticia ya que para el Juzgador no necesito manutención alimentaria tan elevada porque soy una persona que puedo sufragarme mis gastos alimentarios, sin que valore las pruebas y razones que expuse para comprobar que no puedo trabajar en el sector productivo por mi mal estado de salud como consta en los certificados médicos que anexara a la presente demanda.
Ya que la Responsable hace suyo todo lo manifestado por el Tercero Perjudicado; pues claramente se observa que adolece de un razonamiento sin fundamento legal que trae como consecuencia que se causen severos perjuicios en mis garantías individuales. La Autoridad Responsable manifiesta: que la pensión que hasta este momento percibimos es improcedente Puesto que el Porcentaje que se fija para satisfacer los alimentos de los acreedores alimentar