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LAUDO LABORAL BUROCRATICO.
- Autor : UISLABORALISTA
- Fecha : Domingo 16 de Noviembre de 2008 23:41
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- Descripción : LAUDO LABORAL BUROCRATICO
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ria, formuló demanda de Amparo Indirecto, la cual por turno correspondió conocer al Juzgado _______de Distrito de esta Ciudad, y radicada bajo expediente número ______/______, juicio de garantías que fue concluido en todas sus etapas mediante sentencia de fecha quince de marzo de dos mil siete, en la que en su punto resolutivo PRIMERO, niega el Amparo al H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE __________, contra actos de este Tribunal.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 5. Mediante Resolución Interlocutoria de fecha treinta y uno de octubre de dos mil siete, este Tribunal de Conciliación y Arbitraje, resolvió de plano el incidente de personalidad promovido por el actor _______________en contra del C._______________, Síndico del H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE_____________, declarándolo improcedente, y confirmando el reconocimiento de dicho funcionario para representar al demandado en el presente juicio, interlocutoria de la cual el actor se inconformó, e interpuso diversa demanda de Amparo Indirecto, la cual por turno correspondió conocer al Juzgado Séptimo de Distrito de esta Ciudad, y radicada bajo expediente número _______/___, juicio de garantías que fue concluido en todas sus etapas y mediante sentencia de fecha siete de abril de dos mil ocho, en la cual en su punto resolutivo PRIMERO, ampara y protege al quejoso____________, para que este Tribunal dejara insubsistente la resolución interlocutoria de fecha treinta y uno de octubre, y emitiera otra declarando procedente el incidente promovido por el actor en contra de quien compareció a juicio por el demandado por carecer dicho funcionario de facultades para representar al Ayuntamiento demandado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 6. Así las cosas, este Tribunal siguiendo los lineamientos de la ejecutoria de Amparo otorgado al actor del presente juicio____________, con fecha nueve de mayo de dos mil ocho, dictó nueva resolución interlocutoria, en la cual se declaró procedente el incidente de falta de personalidad promovió por el actor, desconociendo la personalidad del C._____________, y de los apoderados designados por este, por carecer de facultades para representar al demandado, consecuentemente se le tuvo, por contestada la demanda en sentido afirmativo, en términos decretados por auto de fecha tres de marzo de dos mil seis.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 7. Con fecha treinta de junio de dos mil ocho, este Tribunal dictó auto admisorio de pruebas, en el cual, al actor le fueron admitidas todas las ofrecidas desde su escrito inicial de demanda, señalándose fecha para su desahogo de aquellas que así lo requerían. Con fecha veintiuno de agosto de dos mil ocho, la oficialía de partes de este Tribunal dio cuenta de un escrito, por el cual el actor se desistió de sus pruebas que ya estaban preparadas para su desahogo, y toda vez que las restantes son de las que se desahogan por su propia y especial naturaleza, formuló sus respectivos alegato y solicitó quedara cerrada la instrucción, en tanto la parte demandada no alegó a consecuencia de su incomparecencia y falta de personalidad decretada en el presente juicio, por lo que bajo esa tesitura, quedó cerrada la instrucción y se turnaron los autos al proyectista de este tribunal para formular el proyecto de laudo correspondiente que se estructura bajo los siguientes: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - -C O N S I D E R A N D O.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I. Que este H. Tribunal es competente para conocer y resolver en definitiva el presente conflicto laboral burocrático de conformidad a lo dispuesto por los artículos 1º, 2,º, 3º, 4º, 80, fracción I, 88, 92 y artículo primero transitorio de la Ley 51 de los Estatutos de los Trabajadores al Servicio del Estado, de los Municipios y de los Organismos Públicos Coordinados y Descentralizados del Estado de_________, ordenamiento de orden general que regula las relaciones y conflictos suscitados entre los trabajadores del Estado, Municipios y de los Organismos Públicos Coordinados y Descentralizados, y como el actor__________, promueve como trabajador del H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE_________, de ahí que en la especie el presente conflicto se encuentra dentro de la jurisdicción competencial y territorial para resolverlo en definitiva. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - II. Que el actor del presente juicio, ________________, ejercitó como acción principal el pago de la indemnización constitucional que conforme a la ley le corresponde por considerar que fue despedido injustificadamente, y como consecuencia de ello reclama salarios caídos, salarios devengados, 20 días de salario por cada año de servicios, el pago de vacaciones y prima vacacional, el pago de prima de antigüedad, el pago de aguinaldo de dos mil seis, que aun le adeuda el demandado, la entrega de vales de gasolina, y otras prestaciones de seguridad social, aduciendo que inició a laborar para el demandado el día dos de diciembre del año dos mil dos, contratado por tiempo indeterminado, que fue adscrito al departamento jurídico del demandado, teniendo asignado un salario quincenales, de $5,280.28 (CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA PESOS 28/100 M. N.), tal como lo demuestra con los recibos de pago correspondientes que ofreció como pruebas, asimismo las condiciones bajo las cuales el actor prestó sus servicios al demandado lo fue con la categoría de auxiliar jurídico, con funciones propias del departamento jurídico, que consistían en recibir ordenes por parte del jefe de dicho departamento así como de los asesores y apoderados legales del demandado para elaboraba diversos documentos, labores que realizaba en la oficina del departamento jurídico consultivo, ubicado en la planta alta del interior del Palacio del Gobierno Municipal de la ciudad de___________, en un horario de 8:30 a 16:00 horas de lunes a viernes, que durante el año dos mil cinco, el demandado le negó disfrutar de sus vacaciones a pesar de que las solicitó por escrito, y que refiere a dos periodos, con sus correspondientes primas vacacionales del 25 % que tampoco le fueron cubiertas; de igual forma durante el año dos mil tres y dos mil cuatro, el demandado le otorgó cincuenta días de salario por concepto de aguinaldo por cada uno de esos años pagándoselo en dos exhibiciones, y que en su último año, no le fue cubierto en su totalidad dicha prestación, a demás menciona que el demandado le hacía entrega de cuarenta litros de gasolina semanalmente como una prestación laboral, y que con fecha quince de diciembre de dos mil cinco, aproximadamente como a las doce horas fue despedido por el jefe del departamento jurídico del Ayuntamiento demandado, quien le manifestó que por ordenes del presidente estaba despedido, y, que ya no fuera trabajar porque desde ese día estaba dado de baja de su empleo donde el actor refiere haber prestado sus servicios, sin que le cubrieran su sueldo quincenal comprendido del primero al quince de diciembre del año dos mil cinco, y ante tal circunstancia, refiere el inconforme haber sido despedido injustificadamente debido a que el demandado no le expresó la causa y fundamento legal por las cuales decidió rescindirle la relación laboral y fuera dado de baja de la fuente de trabajo, dejando de observar el último párrafo del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, el cual es de aplicación al presente caso, y que debido a tal circunstancia, reclama el pago de todas y cada una de las prestaciones que detalla en su escrito inicial de demanda. Por su parte el demandado H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE ______________, quien al resultar mal representado en el presente juicio se le tuvo por contestada la demanda en