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CONTRATO DE PRENDA
- Autor : Jorge Morales
- Fecha : Miércoles 10 de Febrero de 2010 20:20
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- Descripción : CONTRATO DE PRENDA
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DECLARACIONES
I. El deudor manifiesta que es propietario y se encuentra en posesión y pleno dominio de ______________________ amparado con factura número_________ de fecha ______ de _____________ de________ expedida por la persona moral __________________________________.
II. Sigue manifestando el Deudor que, también es legítimo propietario de un ________________ amparado con factura número _____________ fecha ___ de _____________ expedida por ____________________________.
III. Sigue manifestando el deudor que dichos bienes muebles se encuentran libres de todo gravamen y al corriente en el pago del Impuesto sobre Tenencia, justificando esto último con las copias de pago del Impuesto sobre Tenencia de ambos muebles expedidos por la Oficina Federal de Hacienda número 1 de esta ciudad, con fecha ____________ de _____________________ de _____________.
IV. Por último, manifiesta el deudor que, con fecha _______ de ___________________ de ____________ el acreedor le prestó la suma de $_______________ (____________________) habiéndose pactado intereses al _____________% mensual y obligándose el deudor a restituir capital e intereses, el día _____de ___________ de ___________ en el domicilio de el acreedor, el día señalado, sin necesidad de requerimiento o cobro previo. Bajo el conocimiento anterior, las referidas partes han acordado la celebración de un Contrato en Prenda el cual sujetan a las siguientes.
CLÁUSULAS
PRIMERA. Para garantizar la obligación contraída, el deudor, en virtud de este contrato, da como garantía prendaría en primer lugar, los bienes muebles especificados en las declaraciones I y II. Dentro de la garantía prendaría se comprende todo lo que de hecho y por derecho corresponda a los muebles referidos, sin reserva ni limitación alguna, hasta la total solución del adeudo, garantizando además, los intereses que se devengaren durante todo el tiempo que existiere algún saldo, a cargo de el deudor, por lo que no tendrá aplicación el límite.
SEGUNDA. El deudor hace entrega material de dichos bienes muebles a el acreedor, y está conforme con que éste pueda usar dichos bienes. El acreedor, por su l)arte, conviene en que no se le indemnice por los gastos necesarios y útiles lije hiciere para conservar las cosas dados en prenda.
TERCERA. El deudor conviene con el acreedor en que éste tenga derecho a percibir los frutos de las cosas empeñadas, pero el importe de dichos frutos se imputará a los gastos realizados, a los intereses y, si hubiere algún sobrante, al capital, de conformidad con lo preceptuado en el artículo ____________________.
CUARTA. El deudor podrá enajenar las cosas dadas en prenda antes del plazo fijado para el cumplimiento de la obligación garantizada pero, para poder exigir la entrega de las cosas empeñadas, deberá pagar el importe de la obligación garantizada y los intereses respectivos.
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