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Tradicional Foro de consultas
RECLAMAR 20 AñOS DE IMSS SAR E INFONAVIT
- Consulta : 283419
- Autor : casi-du_NR
- Publicado : Jueves 02 de Noviembre de 2017 12:00 desde la IP: 187.131.255.93
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,148
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 02 de Noviembre de 2017
Estado de Referencia: Baja California Sur
gane un juicio de 20 años por conflicto laboral quedando pendientes las cuotas imss, sar e infonavit ya que la junta que atendio el caso se declaro incompetente para resolver lo del imss se puede solicitar directo al imss con la sentencia del tribunal para auditar la empresa y que cubra esta prestacion -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 396551
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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Noviembre de 2017 18:35 2017-11-03 18:35 desde IP: 187.190.148.238
Saludos a todos los colegas participantes en este GRAN FORO: casi_du. Si la junta se creó incompetente, pues ahora hay que combatirlo por la vía federal, es decir tiene que demandar ante la Junta federal de Conciliación y Arbitraje de su Estado. El pago de dichas prestaciones. Ok? Saludos a todos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396553
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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Noviembre de 2017 20:21 2017-11-03 20:21 desde IP: 187.199.57.67
Polo:
Hasta donde tengo entendido, cuando una Junta se declara incomppetente para conocer de un asunto, tiene la obligación de remitir el expediente a la autoridad que considere competente y sin necesidad de que las partes se lo soliciten.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396559
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Fecha de respuesta: Sábado 04 de Noviembre de 2017 17:57 2017-11-04 17:57 desde IP: 187.190.148.238
Saludos a todos los colegas participantes en este GRAN FORO: Magister Curiae: De la misma forma recibe cordiales saludos. Efectivamente mi estimado colega, sólo que el consultante solo nos dice "La junta que atendió el caso se creó incompetente.... Sic.". Muchas de las veces en su resolución las juntas manifiestan que "dejan a salvo sus derechos para combatirlos por la vía que corresponde", como suele suceder en el caso de "utilidades" por ejemplo, ahora bien, es necesario que nos diga el consultante como les resolvió en ese sentido. Gracias por la observación Lic. Magister Curiae. Saludos a todos.
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