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ACUSADO DE VIOLACION A A MENOR DE 14 AñOS

  • Consulta : 243361
  • Autor : victimajavgt_NR
  • Publicado : Lunes 29 de Septiembre de 2014 17:29 desde la IP: 189.236.198.2
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • victimajavgt_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    se me acusa de violacion a menor  de 14 años siendo la niña una mitomana y su madre una  desequiibrada  metal que han creado una una gran mentira en toda la familia no hay testigos y se basan en una carta que la niña escribio  dias  despues del supuesto abuso, dice  que no dijo por  nada  por miedo, que la amenace,  y eso no es verdad como puedo demostrar mi inocencia o que  tengo que hacer por el mometo me encuentro trabajando en otra ciudad pero tengo miedo de regresar, me comentan que han visto a la niña  como si nada y que el dia del supuesto abuso  ella  no dijo nada  ademas  estuvieron en una fiesta y no hubo ningun indicio de nada solicito su ayuda  mi vida  esat  hecha  pedazos   gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 366765

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado consultante

    le explico, mire, la violacion es un delito que se lleva a cabo de manera oculta, ok, obviamente no hay testigos, ok

    hay bastante jurisprudencia que le otorga valor probatorio al dicho de una menor cuando es victima de violacion, ok

    de configurarse en su totalidad tal delito, es grave, no alcanza fianza, ni perdon judicial, ni beneficios en sentencia, ok

    y para que usted gane en amparo, tiene que probar su inocencia, ok, 

    por ultimo, le aconsejo que se defienda de la i m p u t a c i o n de ese delito, ok, porque aun encontrandose en otro estado, puede ser detenido por la policia ministerial, ok, 



  • Autor
    Respuesta No: 366786

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE victimajavgt_NR,

    Presente:

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Espero Consultante que la siguiente información jurídica acerca de las ETAPAS DEL PROCESO PENAL MEXICANO, le sean de utilidad a fin de disipar sus dudas legales:

     

    EL PROCESO PENAL

    DENUNCIA Y QUERELLA

    Denuncia:

    Procesalmente se entiende como denuncia al medio legal por el cual se pone en consentimiento de los jueces la noticia de haberse cometido o que se pretende cometer un delito y que por ley se persiga ese oficio. La denuncia es un acto de caracter politico y de este consiste en obligar al ministerio publico para tramitar y empezar la averiguación previa del caso especifico.

    Las partes mas importantes de la denuncia son:

    -Especificar las partes involucradas en el conflicto así como la relación que tienen se deben poner los datos de las partes y hacia quien va dirigida la demanda.

    -Luego se debe de especificar la forma en la cual se dieron los hechos o los llamados antecedentes.

    -Momentos después se deben recopilar los acontecimientos a través de un apartado llamado hechos donde se dan de forma detallada así como la exposición de estos ante el juez.

    -Luego se adjuntan anexos donde se pone en manifiestos las bases para la denuncia.

    Querella:

    Querella es otro de los medios legales para poner a conocimiento de la autoridad correspondiente de que se halla cometido o se pretenda cometer un delito, pero tiene la particularidad de que solo puede recurrir a ella la persona ofendida o su legitimo representante. Siempre que se trate de delitos que por dispocicion de la ley . Se requiere de la noticia del suceso y de la demanda con la que se proceda.

    AVERIGUACION PREVIA

    Para que la Investigacion previa se debe realizar una estricta examinacion de las disposiciones legales que lo rijan por que en la practica algunas veces los encargados de la investigacion, por ignorancia, negligencia o por deshonestidad dejan de practicar investigaciones necesarias para el esclarecimiento de la verdad que se busca para encontrar la sentencia adecuada con cierto tipo de delito. La averiguacion previa en la que solo tiene lugar el ministerio publico en su calidad de autoridad inicia a partir del momento en que a este se le informa de la querella o denuncia para dar como resultado una acion penal y llegar a un fin de la justicia.

    PRUEBAS

    La prueba es la forma eficaz de comprobar cualquier crimen o acto. Es el demostrar la verdad de una proposicion y en la tecnica procesal se emplea a veces para designar los distintos medios o elementos de juicio ofrecidos por las partes, otras veces se refiere la accion de probar, designa tambien en un punto clave para cualquier veredicto que el juez dicte. Las pruebas estan ampliamente ligadas al proceso puesto que ellas pueden ser un punto desisivo para encontrar a algun criminal.

    AUTO DE FORMAL PRISIÓN

    Auto de formal prision es aquella en la que se llega al punto en el que un juez competente determina definitivamente que alguna persona que de limitada en los confines de una carcel por un tiempo definido para su estancia por consecuencia de un delito. Para que este se lleve a cabo se tiene que tener requisitos como son: Lugar y fecha que se dicta, que prevencion se tomo ante el inculpado, su declaracion preparatoria de la audiencia publica y dentro del termino, que se informe al ministerio publico, que se requiera al inculpado y todos los tramites jurisdiccionales. Tambien se deben de tener la comprobacion del cuerpo del delito asi como la probable responsabilidad del inculpado tambien la falta con la que se culpo la responsabilidad del acusado.

    PLAZOS

    Hay un cierto plazo para indicar alguna apelacion, esta debe de ser promovida dentro de los dos dias en la materia comun y dentro de tres dias en la federal, contados en los dos casos desde la notificacion del auto que declare irrevocable la apelacion , o desde que el interesado tenga conocimiento de el, si no se le notifico y puede introducirse en forma verbal o escrita.

    SENTENCIA

    La sentencia es el beredicto o conclusion que ofrece el juez frente a todos los casos que se le presentan para que nombre las consecuencias que debe de seguir el acusado y el acusador. La sentencia es una de las bases mas importantes del derecho y que se deben de seguir para lograr una justicia mas presisa. Esta tambien tiene que seguir una serie de pasos que empiezan con la denuncia o de la querella para poder aplicar despues una profunda investigacion previa del caso (a cargo del ministerio publico), despues seguir con una preparacion del proceso a traves del cual se lleva la instruccion de los elementos del juicio para cada caso especifico. Se requiere seguir un proceso directo para lograr el juicio en el que se presentaran los casos y pruebas. Tambien se llegara a una ejecucuion que concluira todo tipo de fracciones para que se llegue a un resultado especifico con todo lo que le soliciten.

    OPINION PERSONAL

    Este trabajo fue muy interesante por que incluye la forma especifica de proceder con las leyes penales y su forma mas eficiente de aplicación para llegar a lo mas cercano posible a la justicia. Es interesante como hay ciertos elementos del Derecho Procesal Penal que pueden parecer casi iguales pero tienen diferencias mínimas. Estas pueden significar en muchos casos ganar o perder un caso o bien la diferencia entre ir a prisión o permanecer en libertad.

    CONCLUSION

    En conclusión yo creo que es importante mencionar que las partes de este trabajo son importantes para el derecho penal, pero mas bien directamente a sus procesos y el como se debe de ejecutar la ley penal sobre todo basado en las pruebas y las formas de presentar una queja, ya sea denuncia o querella también tiene otras importancias como lo son la diferencia ente una sentencia y auto de formal prisión, la cual es que la sentencia se refiere mas bien a el veredicto que emite el juez que no siempre es negativo, que el auto de formal prisión es directamente una orden de permanecer en la cárcel por un periodo de tiempo mientras se reincorpora a la sociedad. 

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que a la brevedad posible Usted Consultante se asesore legalmente de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL, de esta forma tendrá asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                                

    Oficina: (0155) 6637-5063      

    Celular: (044) 55-3253-4941

                                                      

    WEB:  w w w . m o r a l e s y c i a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j m o r a l e s . m o r a l e s y c i a a r r o b a  g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)



  • Autor
    Respuesta No: 366790

  • Abogadodelacruz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante, la simple declaracion de la menor, es suficiente para que de de inicio a la etapa de averiguacion previa, pero usted tendra la oportunidad de aportar las pruebas que estime pertinentes para desacreditar el cuerpor del delito y su probable responsabilidad, lo que debe de hacer es de inmediato contratar los servicios de un especialista en materia penal para que toem cartas en el asunto y proteste el cargo y lo asesore legalmente durante todo el proceso

     

    Espero que pronto encuentre solucion a su problema



  • Autor
    Respuesta No: 366807

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Los delitos sexuales... Son delitos de dedo... Con sólo señalar... Priocede la averiguacion... Por ser delito oculto o secreto.. No hay testigos... A que le tienes miedo... Si dices que puedes probar tu inocencia...



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