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MI HERMANA TRABAJA COMO CAJERA Y POR ALGUNA CUESTION SE LE PIERDE DINERO LA PUEDEN ACUSAR DE ABUSO DE CONFIANZA
- Consulta : 234602
- Autor : carguzrod_NR
- Publicado : Miércoles 02 de Julio de 2014 13:16 desde la IP: 201.102.142.242
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 02 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Estado de México
Hola que tal, mi hermana trabaja con otras dos chicas como cajeras en una bodega de madera, por algun motivo que han descubierto se les extravio la cantidad de $5,700.00, los cuales si no los recuperan ellas estan dispuestas a pagar con su sueldo, pero la dueña quiere tomar otra medidas como despedirlas sin ninguna liquidación, y que sigan trabajando empezando de cero y aparte de sus proximos sueldos le cobrara la cantidad antes mencionada, amenazandolas de acusarlas de abuzo de confianza si no aceptan esas condiciones, cabe señalar que mi hermana es la mas mas afectada ya que de las tres cajeras ella es la que mas antiguedad tiene.
Pregunta es que si la acusación de abuzo de confianza procede ya que ellas no agarraron el dinero simplemente tal vez no le cobraron a algun cliente sin que ellas se dieran cuenta.
gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 358786
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Julio de 2014 16:16 2014-07-02 16:16 desde IP: 187.212.141.82
estimada consultante
le explico, mire, quien se haya apoderado de esa cantidad de dinero sin ser suya con el fin de usarlo no comete el delito de abuso de confianza sino el de ROBO pero en fin es un hecho delictivo, y la dueña del negocio tiene todo el derecho de denunciar esos hechos ante un Agente del Ministerio Publico Investigador para que investigue y resuelva lo conducente al momento de emitir su determinacion, ok
ahora bien, se sobreentiende que el dinero que refiere en su consulta desaparecio en el negocio a una hora y un dia y de eso, se deduce que alguna de esas 3 chicas que trabajan como cajeras tuvo que estar ahi cuando ocurrio el hecho delictuoso y es esa chica quien en el caso que la dueña denuncie los citados hechos operara la presuncion de culpabilidad,
O en el caso contrario, puede que la dueña haya hecho gastos y pagado pendientes del negocio mismo y en ello, se haya usado la cantidad desaparecida pero tambien tendria que acreditarse esto para que el delito no se configurara
le voy a sugerir dos cosas estimada consultante, la primera hable con su hermana y si es necesario cacheteela pero saquele la verdad que le diga donde estaba ella el dia y la hora cuando sucedieron los hechos, haga que confie en usted por el lazo familiar que las une y si llora que llore y no se deje sensibilizar pero que le diga la verdad, porque sino puede pasar muchos años en prision, de ser denunciado los hechos y ser encontrada responsable,
por ultimo, la segunda sugerencia, busquen un buen abogado penalista en su localidad pero bueno eh, no imitaciones o intentos de penalistas, ok para que hable con su hermana, ok
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Autor
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AutorRespuesta No: 358833
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Julio de 2014 21:03 2014-07-02 21:03 desde IP: 187.201.144.30
CONSULTANTE carguzrod_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Lo que le aconsejo jurídicamente que haga en su caso Consultante es que, a la brevedad posible su hermana realice una ACTA ESPECIAL POR INTERNET, EN LA CUAL NARRE TODOS LOS HECHOS QUE SUCEDIERON EN SU CASO, HACIENDO LA ACLARACIÓN DE QUE LA PERSONA QUE INDICA EN SU CONSULTA LE EXTERNÓ SU DESEO DE DEMANDARLO Y/O DENUNCIARLO A USTED FALSAMENTE, Y QUE PARA EL CASO DE QUE ESTA PERSONA PRETENDA DEMANDARLA Ó DENUNCIARLA FALSAMENTE, ES QUE LEVANTA DICHA ACTA PARA QUE QUEDE CONSTANCIA DE LOS CITADO HECHOS QUE MENCIONA, ENTIENDE; TAL ACTA ESPECIAL LA TIENE QUE REALIZAR POR MEDIO DE INTERNET EN EL MINISTERIO PÚBLICO VIRTUAL, QUE ES UN SERVICIO IMPLEMENTADO POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, EN SU PÁGINA WEB, DE ACUERDO A SU PLAN DE MODERNIDAD PARA LA EFICACIA, CONSISTENTE EN QUE EN CADA AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO IMPLEMENTARON UNA UNIDAD DE RECEPCIÓN DE ACTAS ESPECIALES POR INTERNET, SIENDO QUE MEDIANTE ESTE SERVICIO LOS CIUDADANOS DEL DISTRITO FEDERAL PUEDEN OBTENER Ó INICIAR UN ACTA ESPECIAL, UNA AVERIGUACIÓN PREVIA ESPECIAL, Y UNA AVERIGUACIÓN PREVIA POR DELITOS QUE SE PERSIGUEN POR QUERELLA, BUSCANDO DE ESTA MANERA AGILIZAR SU TRAMITE PARA LO CUAL DEBERÁN LOS INTERESADOS IDENTIFICARSE PARA REALIZAR ESTE TIPO DE ACTAS EN LOS SIGUIENTES CASOS:
1.- ACTA ESPECIAL:Procede cuando alguna persona quiere JUSTIFICAR EL EXTRAVÍO DE ALGÚN OBJETO, DOCUMENTO O IDENTIFICACIÓN O BIEN DEJAR CONSTANCIA DE ALGÚN HECHO JURÍDICO QUE NO SE TRATE DE DELITO DE OFICIO Y/O GRAVE, para lo cual requerirá detallar el objeto, documento ó identificación extraviados o bien el hecho del que quiera dejar constancia al momento de llenar su formato, NO ES INDISPENSABLE DAR EL DATO DE SU CORREO ELECTRÓNICO.
2.- AVERIGUACIÓN PREVIA ESPECIAL: Procede si fue víctima del delito de ROBO DE ALGÚN EQUIPO DE COMUNICACIÓN (CELULARES, NEXTEL, ETC.), y que cuente con datos para identificar al o a los delincuentes (SE REQUIERE CORREO ELECTRÓNICO PARA ENVIAR FOLIO DE ATENCIÓN Y CITA en la cual deberá exhibir la documentación que acredite la pertenencia del objeto).
3.- QUERELLA: Procede cuando ha sido víctima de un delito que se persigue por QUERELLA, esto es, A PETICIÓN DE PARTE OFENDIDA, SEÑALADO ASÍ POR LA LEY PENAL, para mayor información al tomar esta opción, podrá consultar el catálogo de estos delitos en el Código Penal para el Distrito Federal en vigor (SE REQUIERE CORREO ELECTRÓNICO PARA ENVIAR FOLIO DE ATENCIÓN Y CITA).
Los pasos a seguir son:
1.-Ingresar a la página WEB DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
2.-Entrar en el ICONO DE MP VIRTUAL.
3.-Entrar en la opción del TRÁMITE QUE DESEE REALIZAR, ES DECIR, ACTA ESPECIAL, (recuerde proporcionar la mayor cantidad de datos del objeto, documento y/o identificación extraviados), AVERIGUACIÓN PREVIA ESPECIAL, (aquí encontrará un apartado especial para el llenado de su equipo de comunicación robado), ó QUERELLA, (al tomar esta opción podrá consultar el catálogo de delitos que se persiguen por QUERELLA previstos en el Código Penal para el Distrito Federal en vigor, al momento de hacer el trámite).
4.-Deberá realizar el llenado del FORMATO QUE APARECE, detallando en la narración de hechos según corresponda el trámite que esté realizando, enviando la información para que se le proporcione el FOLIO DE ATENCIÓN EN CASO DE ACTA ESPECIAL, SERÁ ENVIADO DE FORMA INMEDIATA Y CON EL CUAL PODRÁ ACUDIR A LA FISCALÍA DE SU ELECCIÓN, SI REALIZÓ EL TRÁMITE PARA UNA AVERIGUACIÓN PREVIA ESPECIAL Ó QUERELLA, LE LLEGARÁ A SU CORREO ELECTRÓNICO HORAS MÁS TARDE EL FOLIO DE ATENCIÓN CON SU CITA, PARA QUE ACUDA A LA FISCALÍA QUE LE INDICARÁN Y, EN TODOS LOS CASOS DEBERÁ PRESENTARSE EL INTERESADO CON EL ORIGINAL Y UNA COPIA DE SU IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE.
Esta ACTA ESPECIAL TIENE EL ÚNICO EFECTO DE DEJAR CONSTANCIA ANTE LA AUTORIDAD MINISTERIAL DE ESTOS HECHOS, PARA QUE EN CASO DE QUE LA PERSONA QUE NOS MENCIONA EN SU CONSULTA PRETENDA DEMANDARLO O ACUSARLO FALSAMENTE, PUEDA COMPROBAR PLENAMENTE CON ESTA DOCUMENTAL PÚBLICA, QUE LA ACUSACIÓN QUE HACE EN SU CONTRA ES TOTALMENTE FALSA, Y QUE JAMÁS HA COMETIDO NINGÚN DELITO, entiende; por lo que no deje pasar más tiempo y actúe jurídicamente de forma inmediata, saludos y suerte en su caso.
Porlo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL EL CUAL PUEDE AUTORIZAR EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÒN IV DEL ARTÍCULO 12 LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS PARA QUE SEA EL REPRESENTANTE DE SU COADYUVANCIA, ASÍ COMO SU ASESOR JURÍDICO E INTERVENIR A SU NOMBRE Y REPRESENTACIÓN EN LAS ACTUACIONES DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA CORRESPONDIENTE, para que de esta forma tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso que no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, LE RECUERDO QUE EL MINISTERIO PÚBLICO DEL CONOCIMIENTO COMO REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD, ESTÁ OBLIGADO A BRINDARLE ASESORÍA JURÍDICA GRATUITA EN SU CASO, ADEMÁS DE LOS DEMÁS APOYOS PSICOLÓGICOS, MÉDICOS, ETC; QUE USTED NECESITE EN SU CASO, esperando que esta información le sea de utilidad, y que en breve resuelva su asunto favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . m y c a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j o r g e . m o r a l e s a r r o b a m y c a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)
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