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COMO SE ATREVE...

  • Autor : LICARTUROEMAYER
  • Fecha : Jueves 29 de Julio de 2010 15:24
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,491
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Para iniciar este comentario, extiendo mis saludos a los lectores y amigos a la vez, que por el simple hecho de leer no solo este sino todos los desplegados que se encuentran aqui expuestos.

Les contaré un hecho,que a mi juicio, perjudica el quehacer de la profesión que muchos de nosotros ejercemos y por ende, apoyamos y defendemos.

Intitulo de tal manera mi comentario puesto que no es posible que en un sistema, hasta la fecha de derecho escrito, es decir, todas las promociones y comparecencias en juicio deberán constar en los autos del relativo asunto judicial.

Y sucede que, en fechas mu cercanas a esta postulación, en un litigio que por cierto, espero resultar favorecido con la sentencia interlocutoria que resuelva el litigio paraprocesal que patrocino, a la contestación de mi demanda, mi contraria argumentó haber comparecido puntualmente al local del juzgado en donde le fue explicado el contenido de un numeral del código civil que delimita la figura que ostentan las partes.

Pienso que, argumentar hechos que en la especie no se acreditan y sobre todo, exponer tales argumentaciones en un juicio no solo atenta contra la debida defensa de la parte sino contra el derecho per se.

Asimismo, inferir hechos o circunstancias comprometedoras al personal de un juzgado, y no es por defender a los actuantes adscritos, sino que tratar de eludir la imación planteada en la demanda con argumentos de defensa, que lejos de beneficiar a la parte, la pueden comprometer, es grosero e infamante no en beneficio de mi representada sino en perjuicio y daño de la contraria.

Ahora veo el matiz obscuro de lo que Couture, dijo respecto de la lealtad.  No por el hecho de que la parte que me contrata no impulse de algun modo mi labor profesional, no es obice que mi labor sea de tan mala calidad etica y práctica que llegue a perjudicarle con mi exposición en sus esferas jurídicas.

Lo que resulta en un mal servicio otorgado y con ello la disminución o perjuicio de mi contraria, no por otra cosa sino por una pésima asesoría digna de todo reproche.

Esperando poder seguir compartiendo experiencias con ustedes, quedo como su amigo y servidor

Lic. Arturo Escobedo Mayer.


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Autor: LICARTUROEMAYER

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la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.

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Autor:
ometepecalito

Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 90941657 veces.
Lecturas completas: 3815

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