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VÍA PARA QUE MADRE DE UNA MENOR DEMANDE REPARACIÓN DE DAÑO

  • Autor : LD RUBEN LOPEZ
  • Fecha : Jueves 16 de Abril de 2015 00:01
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,519
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PRIMERA SALA DEJA VÍA PARA QUE MADRE DE UNA MENOR DEMANDE REPARACIÓN DE DAÑO

   

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 2592/2014, a propuesta de la Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas. 
En el caso, una patrulla perteneciente a la policía municipal de una entidad federativa, atropelló a un menor de edad, ocasionándole la muerte. La madre del niño demandó, en la vía ordinaria civil, el pago de una indemnización por reparación del daño al Ayuntamiento respectivo. El juez civil declaró la incompetencia por materia para conocer de dicha acción. Inconforme, la aquí quejosa interpuso diversos recursos, entre ellos juicio de amparo, mismo que le fue negado y es el motivo de la presente revisión. 
La Primera Sala confirmó la sentencia del tribunal colegiado en virtud de que los hechos atribuidos al policía los realizó en su calidad de servidor público de una administración pública municipal, hipótesis en la que procede la vía administrativa y no la civil.
Sin embargo, la importancia de la resolución emitida por la Primera Sala se debe a que, a fin de no dejar a la aquí quejosa sin posibilidad de demandar la reparación del daño ante la autoridad competente, se determinó que la autoridad administrativa no podrá considerar prescrito el plazo que la parte afectada tiene para reclamar la indemnización por responsabilidad objetiva, a través del procedimiento establecido en la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y los Municipios que corresponda, pues tal plazo quedó interrumpido con la admisión de la demanda por el juez de primera instancia.9YP


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Autor: LD RUBEN LOPEZ

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...
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Autor:
ometepecalito

Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 90757481 veces.
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