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AYUDA EN JUICIO POR DOBLE VENTA DE INMUEBLE
- Consulta : 3563
- Autor : alesandooval
- Publicado : 2012-08-08 14:32 desde la IP: 187.156.25.145
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,472
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 08 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Nuevo León
Hola necesito su ayuda es URGENTE
Compre un inmueble y celebramos un contrato informal de compra-venta el cual nunca se ratifico ante notarioni se inscribio en el Registro Publico de la Propiedad, pero fue suscrito con dos testigos.. Tengo la posesion desde hace 2O años, a los 1O años de haberla comprado quien me la vendio, se la vendio a otra persona, dicha persona pago el costo pero nunca obtuvo la posesion.. pero el contrato si se ratifico ante notarioni se inscribio en el Registro Publico de la Propiedad.. que puedo hacer? que derechos y que acciones puedo hacer valer? y que via de juicio puedo tomar?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 3918
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Agosto de 2012 14:52 2012-08-08 14:52 desde IP: 189.146.109.107
Pues tu prescripción fue interrumpida desde hace 10 años, porque el propietario realizó actos de dominio sobre el inmueble, en tal sentido, tu posesión comenzará a correr contra el nuevo propietario, desde la fecha en que tuvo la posibilidad de requerirte la posesión.
Actualmente tu posesión es de mala fe, pues tienes un título de propiedad defectuoso y elaborado por persona que ya no detenta la propiedad del inmueble...
No señalas una duda, así que sólo me limito a comentar lo conducente.
Saludos!
Autor
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AutorRespuesta No: 3921
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Agosto de 2012 17:33 2012-08-08 17:33 desde IP: 187.156.25.145
Mi duda es que derechos y acciones puedo hacer valer ? y que via de juicio tomar?
Autor
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AutorRespuesta No: 3949
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Agosto de 2012 18:59 2012-08-13 18:59 desde IP: 189.210.103.55
Debes demandar al que funge como actual propietario de dicho inmueble.. Tienes la posesion y precisamente ese contrato aunque no reune los requisitos de ley, puede considerarse como JUSTO TITULO y en via contenciosa civil, debes acreditar tu derecho. Necesitas la asesoria y patrocinio de un abogado civilista que patrocine tu asunto. Es prescripcion positiva lo que demandaras..
Autor
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AutorRespuesta No: 3956
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Agosto de 2012 20:32 2012-08-13 20:32 desde IP: 189.174.63.247
Prescripción positiva, si puedes probar todo lo que dices, es mero trámite.
En derecho el que acredita su dicho con pruebas, es el que obtiene un resultado favorable.
Saludos
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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