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DESALOJAR INQUILINOS DEUDORES

  • Consulta : 4573
  • Autor : sonia40
  • Publicado : 2013-02-23 02:19 desde la IP: 187.131.172.66
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,481
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    Consulta

  • sonia40
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua

    buenos Dias. tengo rentada una casa en cd juarez desde hace 11 meses, pero el contrato se vencio desde hace 5, mismos que no pagan la renta, ni servicios desde hace 6 meses (cosa que no entiendo porque no se los cortan), quiero desalojarlos pero fui a un juzgado y me cobran $7000, y no me garantizan que pague lo que debe. Como puedo sacarlo sin que me siga costando mas o como lopuedo presionar, legalemente claro? agradesco de antemano su respuesta.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 5253

  • oscar salas
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Usted forzosamente necesita los servicios profesionales de un abogado civilista que tenga su residencia en aquella ciudad.

    Si está vencido el contrato, hoy en dia ya es un arrendamiento por tiempo indeterminado.

    Lo mas viable es requerir el pago de rentas de manera inicial y despues la desocupacion y entrega material del inmueble asi como 

    el pago de los gastos y costas judiciales...



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    Respuesta No: 5270

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes.

    Efectivamente Usted nececita un abogado especialista, lo anterior a efecto de que le lleve a cabo un juicio de arrendamiento inmobiliario solicitando la desocupacion y entrega del bien y solicitando el pago de las rentas atrasadas y generadas hasta la total desocupación del inmueble, en caso de no hacerlo se le podrán demandar bienes al deudor para garantizar el pago de las mismas.

    Usted podria acudir al Tribunal Superior de Justicia de su estado a efecto de solicitar un abogado de oficio que la pueda auxiliar con su juicio y brindan sus servicios de manera totalmente gratuita.

     

    ANZORENA SANCHEZ RUIZ Y ASOCIADOS

    ESPECIALISTAS EN COBRANZA Y ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO

    w w w. despachodeabogadoscobranzayarrendamiento. com. mx (junto)

    TEL. 47513561



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    Respuesta No: 5287

  • farcalawyers
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    HOLA BUEN DIA, SOY EL LIC. JOSE FARCA, AL VENCERSE CONTRATO Y NO HABER SIDO RENOVADO, OPERA LA TACITA RECONDUCCION, ES DECIR, AUTOMATICAMENTE QUEDO PRORROGADO CON LAS MISMAS CLAUSULAS Y EN LAS MISMAS CONDICIONES DE PAGO DE RENTA, COMO QUEDARON ESTIPULADAS, DEBES DE INVESTIGAR POR TU CUENTA CON QUE BIENES CUENTAN LOS DEUDORES PARA QUE SEAN EMBARGADOS EN SU OPORTUNIDAD Y PUEDAS GARANTIZAR EL COBRO DE TUS RENTAS, ESTOS JUICIOS NORMALMENTE SON COSTOSOS, PERO ES MEJOR SACAR AL INQUILINO QUE ESTAR PERDIENDO RENTAS Y DINERO POR SERVICIOS, QUE DEJARON DE PAGAR LOS INQUILINOS, (c.f.e, agua, etc), TRATE DE SACARLOS LO ANTES POSIBLE DE MANERA LEGAL. ESPERO LE HAYA GUSTADO MI OPINION.



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    Respuesta No: 5290

  • LicFidel
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Piensalo dos veces porque realmente es poco lo que te pidieron, ya que hay que iniciar unas diligencias de aviso de terminacion de contrato y dejarlos un año independientemente que te paguen o no rentas, posteriormente reclamar la desocupacion y ls rentas vencidas, ya que al no demandarlos luego  procedió la tácita reconducción.

    Saludos

    Lic. JUAN FIDEL MEDINA MARTINEZ



  • Autor
    Respuesta No: 5316

  • cesarramirez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante, hay diversa formas de resolver su asunto, lo que hoy le comento es lo que su servidor con mis clientes, como bien indican los foristas su contrato se ha convertido en un arrendamiento por tiempo indefinido, a lo que usted debe de realizar un aviso indubitable de terminación de contrato, posteriormente demandar en juicio de desahucio, las siguientes prestaciones  a. pago de restas, b. desocupación y entrega del inmueble, c. la inscripción de la demanda, por si su inquilino quiera iniciar la prescripción d. pago de los servicios de agua, luz, etc.

    Espero le sirva mi opinión Atentamente Abogado Hidalguense especialista en Derecho Civil y Mercantil, te invito a seguirme en  twitter en: AbogadoCsar  y "https://facebook/abogado.cesar.ramirez.cabrera.1">https://facebook/abogado.cesar.ramirez.cabrera.1



  • Autor
    Respuesta No: 5333

  • JAMGO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mi era con independencia de lo que correctamente te han recomendado los demas abogados, mi consejo es el siguioente: acude ante CFE y les pidas POR ESCRITO  que de conformidad con lo estipulado en la LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA y su reglamento inmediatamente suspendan el servicio por falta de pago, asi mismo te informo que si el servicio esta a tu nombre, lo des de baja en cuanto se liquide el adeudo y si esta a nombre de quien lo arrienda, no te preocupes pues un adeudo derivado de un contrato entre CFE y el inquilino que no tiene por que afectarte. asi mismo puedes hacer la solicitud para que den de baja via correo electronico en el Organo Interno de control de CFE, (buscalo en google) estoy a tus ordenes.

     

    LIC. JORGE MARTINEZ

    jorgemtz25





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