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  • Consulta : 284820
  • Autor : AdvocatusRectus
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  • Autor
    Respuesta No: 398728

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pos no es muy clara en su consulta, Usted señala lo siguiente:

    . Buenas Tardes; Me dirijo a este foro con el fin de que me puedan compartir su experiencia en este tipo de asuntos. Que a continuación hago un resumen: Las partes firman un convenio de alimentos el cual se ingresa como jurisdicción voluntaria por ambas estar de acuerdo, sin embargo en el convenio noto que acepta el descuento via nomina ordinarias y extraordinarias, y a la vez se acuerda se otorgue la cantidad de $3000.00 mensuales. También solicitan garantice los alimentos y acepta que sea mediante billete de deposito y ademas se tome en cuenta que sea via nomina para mayor seguridad al momento del despido. ¿PUEDO ANULAR ESTAS ACCIONES? por tratarse de doble cobro o via... ¿Bajo que procedimiento lo hago? Gracias y quedo en espera de sus comentarios.

    . Ahora bien, aquí no hay doble descuento, toda vez que en la firma del convenio únicamente menciona Usted que: "... en el convenio noto que acepta el descuento vía nomina ordinarias y extraordinarias..." como vera, aquí no se señala cantidad ni porcentaje a descontar, únicamente acepta que se le hagan los descuentos de lo convenido vía nomina.

    . Posteriormente señala usted que: "... y a la vez se acuerda se otorgue la cantidad de $3000.00 mensuales..." por lo tanto únicamente el descuento serian estos TRES MIL PESOS, de su nomina.

    . Por Ultimo Usted comenta que: "...También solicitan garantice los alimentos y acepta que sea mediante billete de deposito y ademas se tome en cuenta que sea vía nomina para mayor seguridad al momento del despido..." lo anteriormente descrito por Usted en en caso que un despido, haciendo deposito mediante billete para efectos de garantizar los alimentos.

    . Cualquier duda quedo a sus ordenes.