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  • Consulta : 283432
  • Autor : polo
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    Respuesta No: 396582

  • polo
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Reciban cordiales saludos todos los colega que participan en este GRAN FORO: Respecto a su consulta, usted le tendrá que pagar PRIMERO la prima de antigüedad que es de DOCE días por año y esta se paga al doble del salario mínimo que rige en la actualidad a nivel nacional de $80.20x2=$160.00. Esto por 60 días de esto resultan $9.600.00, de esto hay que sumar CATORCE DÍAS de Vacaciones más el 25% de prima vacacional (3.5 días) más la parte proporcional del aguinaldo. Estos conceptos se calculan al SALARIO diario que percibía su empleada doméstica. Ahora bien, independientemente de lo anterior no diga usted "tengo que despedir a mi empleada...Sic. Porque si lo hace así, esto sería un DESPIDO, que legalmente la podría demandar, precisamente por eso por DESPIDO, si usted habla con su empleada y llegan aun "arreglo" deberá hacerlo ante la Junta de conciliación y Arbitraje de su estado, para que así evite problemas a futuro, que en verdad son mucho pero mucho muy SERIOS suerte. Ok? Saludos a todos.