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AutorRespuesta No: 392487
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Fecha de respuesta: Viernes 09 de Diciembre de 2016 02:32 2016-12-09 02:32 desde IP: 201.141.151.119
Conditio sine qua non: Documento que acredite su calidad de dueño ante terceros y por lo tanto la legítima adquisición del bien inmueble, ya sea contrato de compraventa o contrato de donación en el que aparezca como propietario el vendedor o donatario ante el Registro Público de la Propiedad o Instituto de la Función Registral. No basta vivir cien años en el inmueble.
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