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  • Consulta : 281681
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 392472

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    abogado edo mex1:

    garovalo:

    Les exhorto para que formulen respuestas a consulta de manera profesional en vez de cómo lo hicieron en la presente, que contestaron antiprofesionalmente al desconocer cuáles son esos desperfectos que menciona el consultante y que pueden ser de aquellos que la ley civil denomina "desperfectos que son producto del uso natural del bien arrendado" y que la misma ley establece que su arreglo es a cargo del arrendatario.