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  • Consulta : 281665
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 392390

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Brindemos:

    Hoy es 04 (cuatro) de diciembre, hace 25 (veinticinco) días fue 09 (nueve) de noviembre del 2016 (dos mil dieciséis).

    Ningún comercio le puede extender facturas que correspondan meses anteriores al que esté corriendo, toda vez que ya está cerrada la contabilidad de esos meses anteriores y nadie la va a alterar nada más porque usted es un negligente, así pues por más que usted se queje, se quedará sin facturas y todo por culpa de usted mismo.

    Por lo anteriormente señalado, usted podrá quejarse cuanto desee y quiera, que hasta las autoridades se burlarán de usted, todo porque desconoce las leyes y quiere que las cosas se realicen cuando a usted se le antoja en vez de hacerlas cuando las exige la Ley.