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CHEDRAUI FACTURACION ELECTRONICA - NO ME FACTURAN EN TIENDA

  • Consulta : 281665
  • Autor : Brindemos
  • Publicado : Domingo 04 de Diciembre de 2016 22:10 desde la IP: 187.134.43.68
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,143
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  • Autor
    Consulta

  • Brindemos
    USUARIO REGISTRADO

    Gracias por permitirme formar parte de esta comunidad. Quiero contarles el problema que tengo actualmente y quiero sus opiniones. Hice unas compras en tiendas Super Chedraui que quiero facturar, las hice hace 25 dias. Igrese al sistema para facturar tickets de Chedraui que encontre aqui: //facturartickets/facturacion-chedraui/ y realice todos los pasos como me indicaron. Cuando casi terminaba de facturar ya no me dejo porque el ticket "no existia" o algo asi. Despues de que no pude hacerlo en Chedraui Facturacion en linea, acudí a la tienda chedraui mas cercana que tengo, para pedir mi factura ahi con ellos. Pero al pedirles mi facturacion Chedraui del ticket me dijeron que no podian hacerlo, por dos moticos: 1, que el ticket ya habia pasado sus 10 dias habiles para poder facturarlo y 2, que la compra no fue en esa sucursal. Quiero preguntarles a los conocedores de las leyes, esto no es un delito? no otorgarme mi factura? porque he leido un par de veces que si te niegan tu factura se puede demandar, pero no se si sea vigente esa informacion, y a donde puedo acudir para poner mi queja. Pues necesito facturar para mis declaraciones.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 392390

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Brindemos:

    Hoy es 04 (cuatro) de diciembre, hace 25 (veinticinco) días fue 09 (nueve) de noviembre del 2016 (dos mil dieciséis).

    Ningún comercio le puede extender facturas que correspondan meses anteriores al que esté corriendo, toda vez que ya está cerrada la contabilidad de esos meses anteriores y nadie la va a alterar nada más porque usted es un negligente, así pues por más que usted se queje, se quedará sin facturas y todo por culpa de usted mismo.

    Por lo anteriormente señalado, usted podrá quejarse cuanto desee y quiera, que hasta las autoridades se burlarán de usted, todo porque desconoce las leyes y quiere que las cosas se realicen cuando a usted se le antoja en vez de hacerlas cuando las exige la Ley.



  • Autor
    Respuesta No: 392391

  • Brindemos
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Bueno, soy realmente nuevo, recien me registre en el SAT y realmente desconocia eso, al igual que bastantes cosas de contabilidad. Y por supuesto, de leyes no se mucho y por eso mismo me registre aqui para que puedieran darme sus opiniones, pero por lo visto son muy prepotentes y creidos por aqui, si pregunte es porque claramente no lo sabia y no queria respuesta tan grosera. De todas formas gracias por tomarse el tiempo, que aunque sea de mala gana, me dejo en mi lugar y me respondio la duda. Saludos



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