- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 243450
- Autor : Pasante
- Consultas en Foro: 8
- Respuestas en Foro: 1592
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3455
- : 88 %
- : 11 %
-
AutorRespuesta No: 366834
-
Fecha de respuesta: Martes 30 de Septiembre de 2014 13:25 2014-09-30 13:25 desde IP: 187.214.143.222
estimado rober333
el abogado que refiere en su consulta, sabe que hacer, ok, tiene que apelar el auto por el cual le niegan la prision domiciliaria a la persona que tambien refiere en la consulta, ok, y de resolverse en contra la apelacion, tiene derecho la persona detenida de acudir al ampado indirecto atentos al principio de definitividad, ok
en cuanto al auto de formal de prision, esto constituye una excepcion al principio de definitivad y no es necesario agotar la apelacion contra este acto de autoridad para que me entienda consultante, no son el mismo acto de autoridad, son totalmente diferentes, ok
por cuanto a que el juez penal dijo que su madre podria fugarse, es meramente motivacion del mismo ya que todo acto dictado por el juez debe ir motivado y fundado, ok, pero su abogado puede apelar el auto por el cual le niegan la prision domiciliaria, aunque es prudente hacerle saber que necesita cubrir los requisitos que la ley procesal penal exige para ello, ok,
-
Autor