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  • Consulta : 107825
  • Autor : vcaspe
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    Respuesta No: 240702

  • vcaspe
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola liosot buena tarde

    ¿Otorgar el perdón? ¿Cual perdón?

    ¿Acaso la empresa no tenía afiliado a tu familiar ante el Seguro Social?

    En primer lugar los familiares, previa acreditación de la autoridad laboral competente, deberán reclamar el finiquito correspondiente en la empresa. Para ello acérquense a la junta de conciliación de su localidad a fin que les entregue dicha certificación y les puedan pagar el mencionado finiquito.

    Respecto a becas y estudios deberán revisar lo que señala el contrato de trabajo - individual o colectivo - y en función a lo que allí se estipula podrán saber si tienen derecho a ello y a quien le corresponde el pago. En caso que no se estipule esta prestación entonces no hay obligación de pago por parte de la empresa.

     

    En segundo lugar y respecto a los gastos funerarios no requieren ninguna certificación por parte de la autoridad, bastará con que presenten las facturas originales de dichos gastos ante el departamento de prestaciones de la clínica del seguro social que les corresponda. El importe es de 2 meses del salario mínimo general del df (aprox $3,600.00)

    En tercer lugar, la esposa o concubina del fallecido tiene derecho al pago de una pensión de viudez, y los hijos menores de 16 años a una pensión de orfandad (a los mayores de 16 años también se les otorga siempre y cuando no rebasen los 25 y demuestren estar estudiando en uno de los planteles del SEN)

     

    Para ello les sugiero acercarse a la misma área de prestaciones de la clínica del seguro social que les corresponda para el correspondiente reclamo.

    En caso que el fallecido no haya estado inscrito al seguro social entonces el reclamo correspondiente lo hará el instituto a la empresa (capital constitutivo) pero los familiares tienen pleno derecho a dichas prestaciones

    Respecto al perdón que comentas, mismo cuyo origen no entiendo, no pasa nada al otorgarlo pues hay derechos irrenunciables, sin embargo te sugiero que no lo hagas, no tienes obligación de corresponder a una petición por parte de alguien que ha demostrado completa deshonestidad

    A tus órdenes en cualquier duda que tenga

     

    vcaspe