Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 99946
  • Autor : Pasante
  • Consultas en Foro: 8
  • Respuestas en Foro: 1592
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5563
  • : 88 %
  • : 11 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 207688

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada forista

    para que Usted entienda, se lo expondre muy claro, su patron va impugnando con la demanda de amparo indirecto el laudo tal vez haciendo valer violacion a la garantia de audiencia, es decir, que no fue oido ni vencido en el juicio laboral que usted le instauro, ahora bien, en esos juicios, hay suspencion provisional y definitiva, estas consisten cada una en, impedir se ejecute el acto reclamado, en su caso, seria la condena del laudo, no se puede ejecutar la condena del laudo porque se otorgo la suspencion definitiva a su patron, salvo excepcion que establezca nuestra ley de amparo, en relacion a la contrafianza, pero sin apartarme de sus preguntas, y concluyendo, si el juicio de amparo lo gana su patron, la condena en el laudo puede revocarse y reponerse el procedimiento hasta demanda, pero si usted gana el juicio de amparo, la condena en el laudo se mantiene y el estara obligado a pagar todas y cada una de sus prestaciones, ok