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  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada forista

    la accion cambiaria directa contenida en los pagares, prescribe  a los  3 años contados a partir de la fecha de vencimiento, ok, asi mismo, es importante señalarle, que todo pagare debe protestarse ante notario publico, ok, y le sugiero, que mejor demande a su prima lejana el pago de pesos y de intereses, porque de vender el pagare a un abogado, estos, no le  pagarian la totalidad del adeudo a Usted,