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  • Consulta : 96642
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  • Autor
    Respuesta No: 203073

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada forista

    revisando su consulta, le sugiero que para que Usted elabore esa demanda de amparo directo, se apoye en todo el expediente laboral, en la constitucion y en la ley de amparo, primordialmente en los articulos 166, (requisitos de demanda de amparo directo) y 73 (causales de improcedencia), ok,  aunque no soy omiso y  recuerde, que si bien le asiste al trabajador la suplencia de la deficiencia de la queja, el, es quien tiene que probar las violaciones a sus garantias individuales

    y para que se conceda el amparo, tales violaciones, ademas de que deben de probarse, tienen que influir directamente en la absolucion del laudo que beneficio al patron, ok