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  • Consulta : 255887
  • Autor : Pasante
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  • Autor
    Respuesta No: 374493

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada gabby guerra

    le explico, a ver, espero me entienda, mire, usted probablemente se querello en contra de su expareja por el delito de incumplimiento de la obligacion de dar alimentos, ok

    a eso, su expareja al encontrarse en prision, le pidio al juez penal su libertad bajo fianza PERO el juez para que le otorgara tal derecho, previamente su expareja le tuvo que reparar el daño a usted consistente en las cantidades que ha dejado de darle por alimentos, y una vez habiendo hecho eso, el juez penal, le fijaria una fianza la cual una vez cubriendola en su totalidad, saldria de prision, ok

    aunque el mismo juez, le impone la obligacion de ir a firmar cada determinado tiempo el libro de procesados bajo fianza, ok, y en caso de incumplir con la misma, el juez penal, puede girarle orden de reaprehension, ok

    respecto a la apelacion que refiere, tal vez su expareja no obtenga ningun beneficio, puesto que la libertad bajo fianza no es una libertad absoluta, sino un derecho que tienen los inculpados en los delitos no graves y los jueces penales observan el mismo para no violentar derechos humanos ni garantias individuales de los acusados, ok

    y si su expareja interpuso apelacion contra tal acto de autoridad, lo hizo para que el superior jerarquico del juez revoque tal mandamiento de captura, pero no creo sea revocado, puesto que su expareja incumplio con una obligacion del juez penal, ok, por eso se gira orden de reaprehension, y por otras razones mas, ok

    sin embargo, no hay que perder de vista, apreciable señora gabriela, que tambien en el delito de incumplimiento de la obligacion de dar alimentos SE DA OTRO BENEFICIO ademas del de la libertad bajo fianza, ok, que es el PERDON JUDICIAL, y este, en el supuesto que usted se lo haya otorgado a su expareja, el delito estaria extinguido, ok, y en relacion a esto, usted no dice nada, ok

    y en cuanto a las cantidades por concepto de alimentos que su expareja ha dejado de proporcionarle a usted para sus hijos, usted puede acudir a la via civil y hacerlo que cumpla con la obligacion, ok, 

    mi correo es pasante30, fue un gusto servirle, ok