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Fecha de respuesta: Martes 03 de Febrero de 2015 12:07 2015-02-03 12:07 desde IP: 189.190.25.133
estimado consultante
dudo mucho que lo que tenga que hacer sea un juicio de desahucio, puesto, que este juicio se promueve cuando hay falta de pago de rentas del arrendatario aunque lo que se pide efectivamente sea la desocupacion y entrega material del bien inmueble, ok
para un servidor lo que usted tiene que promover es un JUICIO REINVIDICATORIO, puesto que usted se dice dueño del bien inmueble que arrenda y su arrendatario es quien tiene la posesion del mismo, ok, y al ser el inmueble de usted el mismo que usa el arrendatario se satisfacen los requisitos del juicio antes citado, ok
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