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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2015 19:42 2015-01-30 19:42 desde IP: 189.190.25.133
estimada taurina
constate en el codigo civil el caracter de la figura de alimentos, ok
por ejemplo, aqui en veracruz los alimentos, son proporcionales y reciprocos, ok
en el caso que alla en su estado fueran reciprocos, el señor grande puede demandar a todos y cada uno de sus hijos pension alimenticia provisional y definitiva, notificandoles del juicio via exhorto, ok,
y los hijos tendrian que proporcionarle alimentos a su padre, ok,
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