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  • Consulta : 254365
  • Autor : Pasante
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    Respuesta No: 373394

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada consultante

    tras dar lectura a su consulta le explico mire a ver,ok

    Usted tiene que reconocer que pidio un dinero y que no lo ha pagado ok

    ahora bien, usted no debe esconderse de esa persona a la que le debe, ok,

    en caso que esa persona fuera a su casa y quisiera embargar, la misma, debe exhibir una orden de un juez civil por escrito, ok, sino les exhibe ninguna orden, no pueden embargarle nada, y quien lo haga, estaria incurriendo en el delito de robo tal como se lo refiere nuestra compañera Rosario Navarro, ok

    en el caso contrario, que si llevara la orden del juez civil por escrito y quisiera embargar bienes, lo podra hacer, ok, 

    pero sin inobservar lo que usted refiere en su consulta al decir que no tiene nada y que las cosas no son suyas, el propietario de los muebles puede interponer una terceria excluyente de dominio y liberar de embargo tales bienes que fueran embargados, ok,  

    pero tal propietario le serviran para tener exito en tal terceria las facturas de todos los bienes muebles embargados

    aunque no hay que perder de vista que el embargo aun no ha sucedido y tal vez consultante se esta adelantando al pensar en eso, tal vez solo la esten espantando para que pague su adeudo, ok