- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 253112
- Autor : Pasante
- Consultas en Foro: 8
- Respuestas en Foro: 1592
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6728
-
: 88 % -
: 11 %
-
AutorRespuesta No: 372773
-
Fecha de respuesta: Viernes 16 de Enero de 2015 11:36 2015-01-16 11:36 desde IP: 189.190.25.133
estimada consultante
contra el auto de formal prision resuelto por el juez penal al vencimiento del termino constitucional no hay termino para interponer JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, ok, aunque OJO si lo delimita el auto que declara cerrada la instruccion.
ahora bien, respecto a la falta de la orden de aprehension que usted consultante refiere, habria que revisar toda la causa penal instruida contra su famiiar para determinar si hay o no tal mandamiento de detencion, ok,
asimismo, tambien habria que revisar la declaracion de su familiar para valorarla, ok
le aconsejo que su familiar presente su acta de nacimiento en copia certificada, asi como carta de antecedentes no penales y en caso que se encontrare enfermo, recetas medicas y pago de tickets de compra, con el fin de apoyarlo en su defensa penal, ok
por ultimo, que su familiar revoque su abogado defensor y que designe a otro, que estudie y determine llevar ese asunto a la via civil, ok,
-
Autor





