Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 241717
  • Autor : Pasante
  • Consultas en Foro: 8
  • Respuestas en Foro: 1592
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5563
  • : 88 %
  • : 11 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 365586

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada consultante

    el periodo a prueba habia sido abolido de nuestra ley obrera por ser violatorio de garantias individuales

    no entiendo y me niego a aceptar que otra vez lo hayan incluido en la citada ley nuestros legisladores mexicanos,  nooo puede ser, de verdad que no,  es una completa aberracion, un error garrafal, es regresar al pasado, nooo 

    sin embargo, usted Rocio no esta desprotegida frente a su patron, ya que, para que el patron la tenga bajo periodo a prueba, tuvo que cumplir con lo que exige nuestra ley obrera reformada y no lo hizo, ok, 

    por tanto, usted rocio acuda a la procuraduria de la defensa del trabajo y ahi le ayudaran en todo lo que se proponga hacer, ok,