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  • Consulta : 238733
  • Autor : Pasante
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    Respuesta No: 362912

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    angelmio

    sino sabe de leyes abstengase de designar a los ofendidos, ya que lo hace totalmente erroneo y fuera de lugar, por dios, usted cree que la experiencia penal es como ir a la primaria, nada que ver, total y absolutamente reprobable su actitud

    le voy a dar catedra para que entienda y aprenda un poquito de la materia PENAL, nada mas, cualquier materia, dijeran los laboralistas, p e n d.......  

    mire, los ofendidos, en un delito de homicidio son los fallecidos, es como en el incumplimiento de alimentos, son los menores, o en el delito de violacion es la persona a quien le imponen la copula o en el delito de robo es el propietario del bien mueble por citarle algunos ejemplos, ok, 

    ahora bien, si usted refiere que los responsables fueron sentenciados por homicidio obviamente los ofendidos no viven porque el homicidio es quien priva de la vida a otra persona, ok, salvo que se trate de tentativa de homicidio lo cual nunca sera un delito, sino tentativa, ok 

    de la misma manera,  en caso que si sea homicidio, quien recibe la indemnizacion por el homicidio cometido por los responsable, son los agraviados, muy distinto a los ofendidos,  y los agraviados es el papa y la mama de los fallecidos, ok