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  • Consulta : 237304
  • Autor : Pasante
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  • Autor
    Respuesta No: 361461

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada cristy_0716

    tras dar lectura a su consulta, algunos litigantes refieren en  relacion al porcentaje que deben recibir los acreedores alimentarios(hijos) es el 20%, aunque otros sostienen que es el 15%, pero es el juez civil, quien despues de admitir la demanda de alimentos, establece en la resolucion de pension alimenticia provisional un porcentaje a descontar del salario total del padre, quien tambien puede inconformarse e impugnarlo mediante el recurso de reclamacion previsto por nuestra ley civil, ok, y no le estoy mintiendo, es la mera verdad, ok, 

    ahora bien, en cuanto a la casa, al estar unida en matrimonio con su aun esposo bajo el regimen de BIENES MANCOMUNADOS, no dice, si la casa era propiedad de algunos de los 2 antes del matrimonio o si fue adquirida despues del matrimonio, ok asi como tampoco si todavia esta siendo pagada a alguna institucion, ok

    de la misma manera, tampoco dice que pruebas tiene o como le consta que su aun esposo se encuentre viviendo con otra mujer, probable ADULTERIO (causal de divorcio)

    por ultimo, respecto a sus hijos, ellos tienen derecho a recibir ALIMENTOS y mas aun siendo menores de edad, ok 

    fue un gusto servirle desde la ciudad de Xalapa, Ver.