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  • Consulta : 237194
  • Autor : TOCA1968
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  • Autor
    Respuesta No: 361321

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante lo que usted tiene que hacer jurídicamente en su caso, es demandar al padre de sus hijos ante el Juez de lo Familiar Competente en su localidad, el correspondiente pago de una pensión alimenticia, provisional y en su momento definitiva, que sea bastante suficiente y efecto de cubrir todas las necesidades alimenticias de sus menores hijos, para ello el citado Juez de lo Familiar tomará en consideración tanto el nivel de vida de sus menores hijos que han llevado en los últimos dos años, así como la capacidad económica del padre de sus menores hijos para cumplir con dicha pensión, en este caso, el citado padre como nos comenta en su consulta no tiene un trabajo fijo, y de lo cual carece de comprobantes de ingresos, por lo tanto, solicítele al Juez de lo Familiar y a efecto de garantizar dicha pensión alimenticia, que el deudor alimentista, en este caso el padre de sus menores hijos, exhiba una fianza que garantice por lo menos UN AÑO DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA QUE SE SIRVA FIJAR DICHO JUEZ, ADEMÁS DE QUE LA MISMA LA CONSIGNE YA SEA QUINCENAL O MENSUALMENTE ANTE EL CITADO JUZGADO, para el caso que no cumpla en tiempo y forma el padre de sus menores hijos con el pago de dicha pensión Juzgado, solicítele al Juez que le imponga al padre de sus menores hijos una Medida de Apremio que sea eficaz en derecho, LA CUAL VA DESDE UNA MULTA HASTA UN ARRESTO, por lo que le sugiero que busque ayuda profesional especializada en su asunto, saludos suerte en su caso.

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                                

    Oficina: (0155) 6637-5063

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