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Fecha de respuesta: Martes 22 de Julio de 2014 18:46 2014-07-22 18:46 desde IP: 189.251.5.17
estimada Elizh80
tiene usted razon, el pago de la reparacion del daño tambien puede demandarse por la via civil en caso que por la via penal el responsable no lleve a cabo tal pago, eso por un lado,
ahora bien, mire consultante, para que la persona que iba manejando la patrulla pague la reparacion del daño a los familiares por el homicidio del ofendido,(fallecido), tiene que estar probado en la investigacion ministerial, que por el atropellamiento se privo de la vida a una persona, ok,
sino esta probado, contraten un abogado para que se constituya como coadyuvante y que aporte todo medio de prueba asi como tambien tenga acceso al expediente penal, ok
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