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  • Consulta : 234855
  • Autor : Pasante
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  • Autor
    Respuesta No: 359007

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado consultante

    antes que nada, la vida de una persona, no se compara con todo el dinero del mundo, ya que,  es irreparable para la familia la perdida de su familiar, ok

    en cuanto a la omision de proporcionarle seguro social al trabajador hoy fallecido, es multa al responsable de la obra, y tiene que pagar la indemnizacion por muerte a sus beneficiarios, salvo que el hoy fallecido haya encontrado la muerte en estado de embriaguez lo cual sera arrojado por la autopsia que se le practique a su cuerpo sin vida, ok

    en cuanto a que no contaba el hoy fallecido con elementos de seguridad para salvaguardar su integridad fisica tambien es multa para el responsable de la obra.

    hasta la misma obra puede ser clausurada por la autoridad correspondiente. ok

     en cuanto a la pension a la viuda y a la pension de orfandad establece algunas excepciones especiales y requisitos legales que hay que observar y cumplir asi como prohibiciones,  

    por ultimo, le aconsejo que no firme ningun papel nadie de la familia del trabajador fallecido ni que nadie de los familiares llegue a un acuerdo verbal ni escrito con el responsable de la obra acudan primeramente con un buen abogado en materia laboral y que sea este quien lleve todo lo legal hasta su feliz termino, ok

    ojala el lic Polo pueda asistir tambien a usted consultante, segun conoce la materia laboral