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AutorRespuesta No: 342064
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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Febrero de 2014 20:57 2014-02-27 20:57 desde IP: 187.201.135.23
Si la Juez le niega la IMPOSICIÓN DE MEDIDAS DE APREMIO, debe promover de forma inmediata un amparo indirecto en materia civil, por violaciones a sus grantías individuales Consultante, ya que la Juez está violando sus derechos constitucionales, saludos.
Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
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