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  • Consulta : 219957
  • Autor : felixfrancisco
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    Respuesta No: 338574

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Cuando se trata de un inmueble nuevo, por ejemplo de un departamento que forma parte de un edificio en condominio nuevo o que está en construcción, la inmobiliaria dueña de ese edificio debe tener, en primer lugar, una escritura de propiedad del terreno o de la casa en donde está construido el nuevo edificio, al igual que la escritura de constitución del régimen de condominio, algo así como la “escritura matriz” de donde van a surgir las escrituras de compraventa de los departamentos que integran ese edificio. No menciona el tiempo que tienen poseyendo los bienes. Probablemente la inmobiliaria no dejó de existir y se fusionó relegando sus derechos a otra.   

    Para poder dar curso a la escrituración deben acudir ante un abogado o notario público. Necesitan el título de propiedad del inmueble –que es el contrato de compraventa-, el cual debe estar a nombre de quien lo vendió. Igualmente se requieren las boletas de pagos del predial y del agua de los últimos cinco años, que deben estar al corriente. Ellos sabrán el trámite correcto a realizar.