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  • Consulta : 218927
  • Autor : TOCA1968
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  • Autor
    Respuesta No: 337799

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante usted aunque ha vivido en ella 20 años, esa possesión que ha detentado NO LE HA GENERADO NINGÚN DERECHO DE PROPIEDAD, EN VIRTUD DE TENER UNA POSESIÓN DERIVADA, MÁS NO ORIGINARIA, en virtud del contrato de comodato verbal que celebró con su suegro porque como usted misma nos refiere en su consulta, su suegro les permitió vivir, pero no se las donó o cedió de alguna forma, por lo tanto, la casa es de su suegro, aunque usted y su esoso hubieran pagado todos estos años los impuestos, servicios y derechos correspondientes de la misma, y la única forma de adquirirla es que su suegro los deje a usted consultante y a su esposo como herederos de este bien inmueble, o que se los venda, done o ceda en algún contrato o convenio ante Notario Público, para que cause efectos contra terceros, saludos y suerte en su caso.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                   

    Oficina: (0155) 6637-5063

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