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Fecha de respuesta: Sábado 04 de Enero de 2014 20:56 2014-01-04 20:56 desde IP: 187.201.132.85
Consultante lo que Usted y su pareja deben hacer es acudir al Registro Civil en el cual registraron a su menor hija, para el efecto de HACER EL RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, ahí en el citato Registro le dirán los requisitos que debe de cumplir así como el pago de los Derechos Correspondientes por este trámite, saludos y suerte en su caso.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 6637-5063
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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