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  • Consulta : 210068
  • Autor : felixfrancisco
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  • Autor
    Respuesta No: 328043

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Lo más recomendable, desde mi punto de vista, es que acudan al INFONAVIT  a pedir orientación, porque de acuerdo a la ley, los actos celebrados en la compraventa de bienes inmuebles deben inscribirse en el Registro Público de la Propiedad para que surta efectos contra terceros. Ahora bien, cuando se otorga un Poder sobre una casa que adquirió, ese documento solamente establece que usted tiene facultades para disponer del inmueble, pero no le da el dominio pleno sobre la propiedad.