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  • Consulta : 204702
  • Autor : oscar salas
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  • oscar salas
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La pension alimenticia debe otorgarse al acreedor alimentario hasta que obtenga una licenciatura profesional.. Si no ha otorgado en el periodo que comenta tal obligacion, usted debe exigirla via civil o penal segun sea el caso que mas le convenga a sus intereses. Desde luego si denuncia la omision de alimentos, con el tiempo el padre de dicho menor podria perder la patria potestad (esto formaria parte de un proceso civil)...