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AutorRespuesta No: 276512
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Julio de 2012 23:25 2012-07-22 23:25 desde IP: 187.194.34.43
Esto es muy serio. Si bien es cierto que no es necesario que reconozcas al menor y menos aun que te cases con la muchacha, ella tiene el derecho UNICO, de reclamar la paternidad por medio de prueba de ADN, y que mientras no se te condene a esa poaternidad, no tienes obligacipòn de dar alimentos, y tambien es cierto que con la simple exhibciòn e un salario minimo regional mensual, como de $1,800.00 a $2,000.00, ya la libraste como deudor alimentario, mientras no tengas trabajo, dinero que es solo para el menort y no para ella, ya que nunca vivieron juntos y por ello, es que ella no tiene el derecho a reclamar una pensipòn para ella.
No puedes ser reclamado e paternidad hasta que no nazca el menor y el jucio, si tu tratas de no dejarte notificar, puede tardar hasta tres años.
Tu abpogado te dice que hacer y como llevar tu juicio, pero de que te demande, no te salvas, por lo pronto, haste el perdido y no la vuelvas a ver para nada y no le vayas a dar un centavo para su manutenciòn o el parto, asi se lo busco, y no debes ceder por ninguna causa.
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